Seguro de Responsabilidad Civil familiar

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¿Qué debes saber sobre el seguro de Responsabilidad Civil familiar?

Este seguro lo necesita cualquier persona que no tenga contratada una póliza de Hogar. Cubrimos a todo el ámbito familiar, incluyendo ascendientes y descendientes que convivan en la misma residencia.

  • No todas las compañías incluyen a todo el núcleo familiar. Génesis sí.
  • Los bancos normalmente ofrecen en sus pólizas de hogar la Responsabilidad Civil Inmobiliaria que incluye coberturas dentro del hogar

Un seguro que cubre las consecuencias económicas de los daños personales, materiales y perjuicios causados involuntariamente a terceros en el transcurso de tu vida familiar y privada.

  • El seguro de Responsabilidad Civil Familiar

    cubre las reclamaciones que recibas como asegurado por los daños causados a terceros en el ámbito de tu vida privada.

  • ¿Cómo definimos Responsabilidad Civil Familiar?

    los daños causados por el asegurado en su condición de cabeza de familia y de las personas de quienes legalmente debe responder.

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Seguros de responsabilidad civil familiar

Porque la reparación del daño causado se realiza de forma económica. Si alguien ocasiona un daño debe responder con su patrimonio, por eso es importante un Seguro de Responsabilidad Civil Familiar.

Génesis asegura bajo esta póliza, el pago de:

  • Indemnización

  • Defensa Jurídica

  • Costas y gastos judiciales

  • Fianzas

Al ser Responsabilidad Civil Familiar, el seguro cubre por los actos propios al Cabeza de Familia (Asegurado) y además cubre, por los daños ocasionados a terceros y siempre que convivan con él a:

  • Cónyuge

    o quien ostente esta condición

  • Personas incapacitadas bajo tutela del asegurado

  • Hijos que estén bajo potestad del asegurado

  • Personal doméstico

    durante el desarrollo de sus funciones

  • Propietario de perro doméstico no peligroso

  • No son considerados terceros:

    los cónyuges, ascendientes y descendientes del tomador y asegurado

Con este seguro, en Génesis cumplimos con lo que establece el código civil y cita de la siguiente manera:

"El que por acción u omisión cause daño a otro interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado. No sólo por actos u omisiones propias, sino por las de aquellas personas de quienes se deba responder, salvo que prueben que emplearan, en este caso, toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño".

Cómo contratar tu seguro de Génesis

En Génesis sabemos que no todas las personas quieren contratar su seguro de la misma manera, por eso te ofrecemos todas las vías necesarias para contratar tú seguro. Tú eliges la manera que mejor te convenga:

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