Etiquetas DGT para tu vehículo: ¿cuál es la tuya?

Publicado el 26 de Octubre de 2023 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 4 minutos

Todo lo que necesitas saber sobre las pegatinas de la DGT para los coches, desde las restricciones de movilidad que suponen y la multa por incumplirlas hasta los próximos cambios.  

¿Qué son las etiquetas de la DGT?

La DGT se ha basado en las normativas europeas para establecer una clasificación medioambiental del parque automovilístico español. Como resultado, ha creado distintivos ambientales que permiten catalogar los vehículos según su eficiencia energética e impacto medioambiental. 

La pegatina de la DGT se ha convertido en una herramienta útil para aplicar las políticas municipales de restricción de tráfico a determinadas zonas o durante los días de mayor contaminación y promover beneficios fiscales relacionados con las tecnologías de movilidad más respetuosas con el medio ambiente.

¿Cuáles son las pegatinas de la DGT en vigor?

Para frenar el cambio climático y proteger nuestra salud, es imprescindible pasar a una movilidad más limpia. Por esa razón, muchos países están aplicando medidas encaminadas a reducir las emisiones de gases contaminantes mediante un proceso gradual de descarbonización del transporte urbano. Dentro de esas medidas se enmarcan los distintivos medioambientales de la DGT.

Sin etiqueta

Todos los vehículos de gasolina anteriores al año 2001 y los coches diésel anteriores a 2006 se consideran poco eficientes y contaminantes, de manera que no tienen pegatina de la DGT.

Etiqueta B

Esta etiqueta es de color amarillo e incluye todos los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. También es válida para los vehículos pesados y de más de 8 plazas, tanto diésel como gasolina, matriculados a partir de 2005.

Etiqueta C

Esta pegatina de la DGT es de color verde y se aplica a los turismos y furgonetas de gasolina matriculados a partir de 2006 y los vehículos diésel a partir del 2014. Se incluyen además los vehículos pesados y de más de 8 plazas de gasolina o diésel matriculados desde 2014.

Etiqueta ECO

Este distintivo medioambiental, de color verde y azul, se usa para los vehículos híbridos o híbridos enchufables cuya autonomía eléctrica no supera los 40 kilómetros. También prevé los vehículos impulsados por gas natural, gas natural comprimido (GNC) o gas licuado de petróleo (GLP) que cumplan con los requisitos de la etiqueta C.

Etiqueta Cero emisiones.

Esta pegatina de color azul se destina a los vehículos eléctricos con una autonomía superior a los 40 kilómetros, ya sean eléctricos puros, híbridos enchufables o eléctricos de autonomía extendida. Además, es válida para los vehículos movidos por hidrógeno o de pila de combustible.

Los cambios y restricciones en la normativa de la DGT que se avizoran en el horizonte

Con la nueva ley de cambio climático y transición energética, los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deben aplicar planes de movilidad urbana sostenible y establecer zonas de bajas emisiones antes de 2023, de manera que los coches más contaminantes tendrán limitaciones de movilidad y es probable que en 2025 no puedan circular por el municipio, aunque sus propietarios residan en la ciudad. 

Esos cambios implicarían que muchos vehículos comerciales no puedan acceder al centro de los principales núcleos urbanos, un detalle importante a considerar si tienes un vehículo. Y si deseas una dosis extra de tranquilidad, recuerda que con nuestro seguro de coches tu eres el protagonista, por eso decides las coberturas que necesitas y pagas solo por ellas.

No me ha llegado la etiqueta ambiental, ¿qué hago?

Desde finales de 2016 y hasta diciembre de 2017, la DGT estuvo enviando los distintivos ambientales de las categorías B y C a los titulares de vehículos con esta clasificación que residen en la Comunidad de Madrid, la provincia de Barcelona y las ciudades de Valencia, Granada y Sevilla. La DGT envió unos 4,3 millones de distintivos, pero si no te ha llegado a casa puedes comprarlo en la oficina de Correos. Solo tendrás que entrar al sitio web de la DGT e introducir la matrícula de tu coche para saber qué distintivo le corresponde.

¿Dónde solicitar la pegatina de la DGT?

Desde el 15 de diciembre de 2017, las oficinas de Correos pusieron a la venta los distintivos ambientales, por valor de 5 euros, IVA incluido. Esta es la lista de las oficinas donde podrás adquirir la etiqueta de manera inmediata, mostrando el permiso de circulación de tu coche. Cuando lo tengas, colócalo a la derecha del parabrisas delantero, justo debajo de la pegatina de la ITV.

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Venta de un coche entre particulares: ¿es obligatorio declararlo a Hacienda?

Publicado el 17 de Agosto de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 7 minutos
Venta Coche entre Particulares

Cuando vendes un coche, es habitual pensar únicamente en el contrato de compraventa y en entregar las llaves. Sin embargo, hay varios trámites administrativos que conviene completar para evitar problemas posteriores, como recibir multas, impuestos o notificaciones de un vehículo que ya no utilizas.

En esta guía te explicamos cuándo hay que comunicar la venta a la DGT, cuándo puede existir una obligación tributaria y qué debes hacer para que la operación quede correctamente cerrada.

 

¿Es obligatorio declarar la venta de un coche?

No, por lo general no es obligatorio que el vendedor declare la venta de un coche entre particulares a Hacienda, salvo que obtengas una ganancia patrimonial (venderlo por más de lo que te costó). Sin embargo, el comprador sí tiene obligaciones fiscales: debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) mediante el Modelo 620 en el plazo de 30 días.

El vendedor, además, puede notificar la venta para informar de que el vehículo ha sido transmitido a otra persona. Este trámite resulta especialmente recomendable si el comprador tarda en efectuar el cambio de titularidad, ya que deja constancia de que el coche ya no está en posesión del antiguo propietario.

En cambio, desde el punto de vista fiscal, la venta de un coche entre particulares no implica automáticamente que tengas que presentar una declaración específica ante Hacienda. Solo puede existir repercusión en el IRPF cuando la operación genera una ganancia patrimonial, una situación poco habitual, ya que los vehículos normalmente pierden valor con el paso del tiempo.

 

Qué dice la normativa de la DGT sobre la comunicación de venta

La propia DGT recomienda al vendedor comunicarles la transmisión del vehículo mediante una notificación de venta. Este trámite protege al antiguo propietario mientras el comprador realiza el cambio de titularidad.

Aunque el cambio de titularidad corresponde al comprador, realizar esta comunicación ofrece una mayor seguridad jurídica y ayuda a evitar responsabilidades futuras.

 

Cómo declarar la venta de un coche entre particulares, paso a paso

Aunque no haya que declarar nada ante Hacienda, la compraventa de un vehículo entre particulares requiere seguir varios pasos para que la transmisión quede correctamente documentada.

 

Documentación necesaria para formalizar el contrato de compraventa

Antes de firmar el contrato, conviene preparar toda la documentación:

  • DNI o documento identificativo de comprador y vendedor.
  • Permiso de circulación.
  • Tarjeta ITV o ficha técnica.
  • Contrato de compraventa firmado por ambas partes.
  • Justificante del pago, si es que lo hay.

Como vendedor, guarda una copia de toda esta documentación, por si posteriormente surge alguna incidencia.

Además, el comprador necesitará preparar la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud de cambio de titularidad del vehículo.
  • Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que se liquida en la Comunidad Autónoma del comprador.
  • Justificante de pago de la tasa correspondiente (tasa 1.5 de 55,70 €).

 

Plazo para notificar la venta a la DGT tras la firma

La DGT establece un plazo para comunicar la venta y otro para realizar el cambio de titularidad.

Tabla resumen de plazos y trámites:

Trámite

Quién lo realiza

Cuándo conviene hacerlo

Contrato de compraventa.

Comprador y vendedor.

En el momento de la venta.

Notificación de venta (recomendado).

Vendedor.

Lo antes posible tras la firma.

Cambio de titularidad.

Comprador.

En un plazo máximo de 30 días.

Si vendes el coche por sustitución, valora la posibilidad de cambiar tu seguro de coche al otro.

 

Notificación de venta vs cambio de titularidad: en qué se diferencian

Son dos trámites complementarios y habituales tras la venta de un coche, por ello es importante conocer sus diferencias.

 

Notificación de venta (del vendedor)

La notificación sirve para comunicar oficialmente que el vehículo ya ha sido vendido.

Es opcional y no convierte automáticamente al comprador en nuevo titular, pero sí deja constancia de que el vendedor ha transmitido el coche.

Es una medida recomendada si existe la posibilidad de que el comprador (o su gestoría) retrase el cambio de titularidad, puesto que legalmente casi un mes para realizarla.

 

El comprador debe tramitar el cambio de titularidad

El cambio de titularidad es el procedimiento que actualiza oficialmente los datos en la DGT.

Es un trámite obligatorio y el plazo máximo es de 30 días como máximo desde la firma del contrato de compraventa. Una vez realizado, el comprador pasa a figurar como titular y asume las obligaciones administrativas del vehículo.

 

Qué pasa si no declaras la venta de tu coche

Si por lo que sea no se declara correctamente la venta, te puedes enfrentar a situaciones incómodas e incluso a tener que asumir responsabilidades que no te corresponden. ¡Mejor cúbrete las espaldas!

 

Multas, impuestos y notificaciones que pueden seguir llegando a tu nombre

Mientras el vehículo continúe registrado a tu nombre, podrías seguir recibiendo:

  • Notificaciones administrativas.
  • Impuestos relacionados con el vehículo.
  • Requerimientos derivados de infracciones (multas).

Aunque posteriormente puedas demostrar que el coche ya había sido vendido, el proceso puede resultar más complejo. ¿Hay una pesadilla peor que pelearse con el papeleo?

 

Responsabilidad en caso de accidente o infracción tras la venta

Si el comprador todavía no ha realizado el cambio de titularidad y tampoco existe una notificación de venta registrada en la DGT, podrían surgir complicaciones para acreditar desde qué momento dejaste de ser responsable del vehículo.

Lejos de ser un caso aislado, hay casos en los que se entrega el coche de segunda mano a otra persona a cambio de que se encargue del cambio, sin documento de firma o con un acuerdo verbal, de buena fe. ¿Y cómo demuestras que la multa no la tienes que pagar tú? ¿O que tu seguro ya no te cubre porque el coche ya no es tuyo?

Por ello, además del contrato firmado (aquí tienes el modelo oficial de la DGT), resulta recomendable realizar cuanto antes la comunicación correspondiente ante la DGT.

También conviene revisar la ⁠cancelación del seguro de coche.

 

Qué hacer con el seguro del coche al venderlo

La venta del vehículo no implica que el seguro se cancele automáticamente. Lo que sí debes hacer es informar a la aseguradora. Aquí tienes las posibilidades más habituales:

 

Cancelar la póliza o transferirla al nuevo propietario

Según las condiciones de la póliza, podrán existir distintas opciones:

  1. Cancelar el seguro: no hay devolución de cantidades, puesto que la prima es anual.
  2. Utilizar la prima para asegurar otro vehículo.
  3. Valorar otras alternativas que ofrezca la compañía, como el traspaso al nuevo propietario.

Lo más conveniente es contactar con la aseguradora antes de la venta y entrega de llaves del coche.

 

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Después de vender un coche, muchas personas necesitan contratar un nuevo seguro para su próximo vehículo.

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Preguntas frecuentes sobre si es obligatorio declararlo a Hacienda

¿Tengo que declarar la venta de un coche si lo vendo a un particular?

No, salvo que con ello tengas un beneficio (coches que se revalorizan como los históricos, clásicos o únicos). Sin embargo, sí es recomendable comunicar la venta a la DGT mediante la notificación de venta si el comprador todavía no ha realizado el cambio de titularidad.

¿Qué pasa si no notifico la venta de mi coche a la DGT?

Podrías seguir recibiendo multas, impuestos o notificaciones relacionadas con el vehículo hasta que la titularidad se actualice.

¿Quién debe hacer el cambio de titularidad, el comprador o el vendedor?

El trámite corresponde al comprador. Aun así, el vendedor puede realizar la notificación de venta para protegerse mientras se completa el proceso.

¿Cuánto tiempo tengo para declarar la venta de un coche tras la firma del contrato?

Es el comprador el que tiene la obligación de hacerlo y como máximo 30 días después de la compra.

¿Puedo seguir recibiendo multas de un coche que ya he vendido?

Sí. Si el cambio de titularidad todavía no se ha realizado o no consta una notificación de venta, es posible que algunas notificaciones sigan llegando al antiguo titular.