Cómo hacer una videollamada segura: precauciones a tomar

Publicado el 24 de Marzo de 2023 by Expertos en seguros de hogar, Equipo Génesis
Tiempo de lectura estimado: 3 minutos

Si en estos últimos tiempos estás haciendo más videollamadas, ya sean personales o de trabajo, es importante que te cerciores de que sean seguras. Te explicamos cómo hacerlo.

En los últimos meses nuestros hábitos han cambiado mucho, en especial nuestra manera de comunicarnos. Debido a las medidas de distanciamiento social, las videollamadas se han convertido en el medio de comunicación por excelencia, demostrando que son una estrategia cómoda para conectarnos con profesionales, familiares o amigos. Sin embargo, para evitar brechas de seguridad y fugas de datos privados es importante extremar las medidas de precaución cuando realizamos esas conexiones.

Siete estrategias para realizar videollamadas seguras

Protege tu cuenta
 

El primer paso para proteger tus videollamadas consiste en utilizar una contraseña única y segura. Jamás utilices la misma contraseña en varios servicios. Si la plataforma lo permite, protege tu cuenta con la autenticación de dos factores ya que así dificultas su hackeo. Tampoco debes utilizar tu ID personal. Es mejor que uses el ID que se genera aleatoriamente para las reuniones cuando se crea un nuevo evento.

Descarga las aplicaciones de los sitios oficiales
 

Tanto si vas a utilizar el ordenador como el móvil, asegúrate de descargar la aplicación de los sitios web oficiales o directamente de las plataformas de Google Play o App Store. Así evitarás descargar aplicaciones falsas que terminen descargando archivos maliciosos en tus dispositivos.

Ten cuidado con los enlaces
 

Si programas una videollamada y creas un enlace de acceso, anula la posibilidad de usar ese enlace cuando todos los participantes estén presentes. Tampoco lo compartas en las redes sociales, aunque se trate de un evento abierto, ya que algunas personas podrían interrumpirlo con contenido ofensivo, una práctica que se conoce como bombing.

Actualiza las aplicaciones
 

Para proteger tus videollamadas, asegúrate de tener la última versión del software. A través de las actualizaciones los desarrolladores incluyen parches de seguridad que te brindan un extra de protección. De hecho, las versiones más antiguas suelen tener más vulnerabilidades que los ciberdelincuentes pueden aprovechar para robar tus datos o espiarte.

Activa la sala de espera
 

La mayoría de las plataformas de videollamadas permiten acceder a los participantes a una sala virtual donde pueden esperar hasta que empiece la reunión. De esa manera podrás ver quién se encuentra en la sala de espera y dar acceso solo a quienes deben estar presentes en la videoconferencia evitando que personas ajenas puedan espiar la conversación.

No compartas pantalla por defecto
 

La mayoría de los servicios de videollamadas tienen la opción de compartir pantalla para permitir que una persona puede mostrar su pantalla a los demás. Si quieres una reunión más segura, tienes la posibilidad de bloquear la pantalla compartida, a menos que sea imprescindible que los participantes tengan que compartir contenido.

No compartas información confidencial
 

Aunque mantengas una videollamada con personas de confianza, es conveniente que no brindes datos sensibles, como tu información personal, bancaria o tus credenciales de acceso a los servicios online. El problema es que esos datos podrían quedar registrados en la aplicación y si la plataforma sufra una brecha de seguridad o un fallo técnico, no es difícil que terminen en manos de ciberdelincuentes.

 

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Seguro de hogar en alquiler: ¿es obligatorio para el inquilino?

Publicado el 14 de Septiembre de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 9 minutos
Seguro hogar obligatorio inquilino

No, la ley no obliga al inquilino a contratar un seguro de hogar por el hecho de vivir de alquiler. Ahora bien, hay una diferencia importante entre que el seguro sea obligatorio por ley y que el propietario establezca como condición del alquiler que el inquilino disponga de una póliza con ciertas coberturas. En este último caso, el seguro puede formar parte de las condiciones acordadas entre las partes.

Además, aunque no sea obligatorio, un seguro para inquilinos puede proteger tus pertenencias y cubrir tu responsabilidad civil ante determinados daños.

 

¿Es obligatorio tener seguro de hogar si vives de alquiler?

Si eres inquilino, no tienes que contratar un seguro de hogar simplemente porque alquiles una vivienda. La LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) establece derechos y obligaciones para propietarios e inquilinos, pero no incluye ninguna obligación de asegurar la vivienda.

También es verdad que no lo prohíbe expresamente y que puede ser recomendable para proteger los intereses de unos y otros.

 

Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre el seguro de hogar

La LAU regula aspectos como la conservación y habitabilidad de la vivienda, las reparaciones y las obligaciones de las partes, pero no establece que el inquilino deba tener un seguro de hogar. El artículo 21 obliga:

  • Al arrendador (propietario): a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo cuando el deterioro sea imputable al arrendatario.
  • Al inquilino: a realizar las pequeñas reparaciones derivadas del desgaste por el uso ordinario.

 

Diferencia entre obligación legal y obligación pactada en el contrato

Que no exista una obligación legal no significa que el seguro no pueda aparecer como condición del alquiler.

La LAU establece que los arrendamientos de vivienda se rigen por los pactos, cláusulas y condiciones acordados por las partes dentro del marco legal aplicable.

Por eso, el contrato (no la ley) puede indicar que el inquilino debe disponer de un seguro determinado.

Además, no es lo mismo un seguro de alquiler para propietarios que el de inquilinos.

 

Responsabilidad legal del propietario y del inquilino en el alquiler

Que no exista un seguro de hogar obligatorio para el inquilino no significa que propietario e inquilino estén libres de responsabilidades. Cada uno debe responder de determinadas obligaciones relacionadas con la vivienda.

 

Qué debe garantizar el propietario por ley: habitabilidad y estado de la vivienda

El propietario debe realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para el uso acordado, salvo cuando el deterioro sea imputable al inquilino. La Ley de Arrendamientos Urbanos también establece que el arrendatario debe comunicar al arrendador la necesidad de las reparaciones.

Por ejemplo: si se rompe una tubería de la vivienda, corresponde al propietario hacerse cargo de la reparación. Lo mismo ocurre con una avería de la caldera o con un problema en la instalación eléctrica que hace que deje de funcionar la luz, siempre que no sean consecuencia de un uso incorrecto o de una actuación del inquilino.

La ventaja de tener un seguro de hogar de propietario es que se facilita la gestión de este tipo de situaciones cuando la avería o el daño está cubierto por la póliza. Si no está asegurado, el dueño de la vivienda corre con los gastos de reparación.

 

Qué responsabilidad asume el inquilino aunque no exista seguro obligatorio

El inquilino debe cuidar la vivienda y responder de los daños que sean consecuencia de un uso negligente o de un deterioro que le sea imputable.

Por ejemplo: si la lavadora que utiliza el inquilino provoca una fuga porque no se ha utilizado correctamente y el agua causa daños en la vivienda, podría tener que responder por los desperfectos ocasionados. En estos casos, contar con un seguro que incluya responsabilidad civil puede ayudar a hacer frente a determinadas reclamaciones, siempre que el supuesto esté cubierto por la póliza.

 

Qué pasa si el contrato de alquiler exige un seguro de hogar

Si el contrato establece expresamente que el inquilino debe contratar un seguro, ya no estamos hablando de una obligación general establecida por la ley, sino de una condición concreta del arrendamiento.

 

Cláusulas habituales en los contratos de arrendamiento sobre el seguro

El propietario puede solicitar que el inquilino disponga de determinadas coberturas. Por ejemplo, puede exigir una póliza que incluya responsabilidad civil como ocupante de la vivienda.

No obstante, no todos los seguros de hogar para inquilinos ofrecen exactamente las mismas garantías. Antes de contratarlo, conviene comprobar:

  • Qué coberturas exige el contrato.
  • Qué capital de responsabilidad civil se solicita.
  • Si hay que asegurar también el contenido.
  • Desde qué fecha debe estar activa la póliza.
  • Qué documentación debe entregar el inquilino al propietario.

En cualquier caso, no hay que confundir asegurar el contenido con asegurar el continente. El propietario puede tener una póliza para proteger el inmueble y el inquilino otra destinada a sus pertenencias y responsabilidades.

 

Qué ocurre si no contratas el seguro exigido por el propietario

Si el contrato establece expresamente la obligación de contratar un seguro y el inquilino no lo hace, estás incumpliendo el contrato.

El artículo 27.1 de la LAU establece que, ante el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la parte que haya cumplido puede exigir su cumplimiento o promover la resolución del contrato conforme al artículo 1124 del Código Civil.

Además, si como inquilino no contratas el seguro y se produce un daño del que seas responsable, tendrás que responder de las consecuencias de tu propio bolsillo.

 

Por qué conviene tener un seguro de hogar aunque no sea obligatorio

Por si todavía no has llegado tú mismo a esta conclusión, contar con un seguro de hogar aunque nadie te lo pida, te proporciona la tranquilidad de saber que estás protegido ante imprevistos, robos, etc.

 

Riesgos habituales en una vivienda de alquiler: robos, daños e incendios

Un seguro para inquilinos puede incluir, según la póliza, coberturas como:

  • Contenido: muebles, ropa, electrodomésticos y otros bienes personales.
  • Responsabilidad civil: por daños causados a terceros (y a la casa de alquiler).
  • Incendio por un descuido.
  • Una explosión que provoca desperfectos en elementos del inmueble.
  • Daños materiales ocasionados al propietario cuando existe responsabilidad del inquilino y el supuesto está contemplado en las condiciones.
  • Daños del día a día: como la cobertura de rotura de espejos, cristales, granitos y mármoles.
  • Asistencia y defensa jurídica: si forman parte de la póliza.

El seguro del propietario, por su parte, no tiene por qué cubrir las pertenencias personales del inquilino o los incidentes que provoque.

 

Cómo elegir el seguro de hogar adecuado si vives de alquiler

No necesitas asegurar lo que no te pertenece. Como inquilino, lo primero es identificar qué bienes son tuyos y qué responsabilidades quieres proteger.

Antes de contratar, revisa:

  1. Contenido asegurado: calcula aproximadamente cuánto valdría reponer tus pertenencias.
  2. Responsabilidad civil: comprueba el capital asegurado y las situaciones cubiertas.
  3. Asistencia: valora qué servicios incluye la póliza.
  4. Defensa jurídica: y qué supuestos.
  5. Exclusiones y límites: son tan importantes como las coberturas incluidas.

 

Si dudas entre si como inquilino te interesa el multirriesgo o el seguro a todo riesgo de hogar, normalmente basta con el primero.

Si eres inquilino y quieres proteger…Cobertura que debes buscar
Tus muebles y electrodomésticos.Contenido.
Ropa, dispositivos y objetos personales.Contenido.
Daños que puedas causar a otra persona.Responsabilidad civil.
Daños que puedas causar a la vivienda del propietario.Responsabilidad civil.
Asistencia ante determinados problemas en la vivienda.Cobertura de asistencia en el hogar.
Reclamaciones relacionadas con determinados daños o conflictos.Defensa jurídica.

 

Alquiles o seas propietario: asegura tu hogar con Génesis

Vivir de alquiler no te obliga por ley a contratar un seguro de hogar. Sin embargo, una póliza protege tus pertenencias y los daños que provoques a terceros.

A esto se suman servicios que te pueden resultar especialmente útiles en el día a día:

  • Asistencia en el hogar las 24 horas, incluidos servicios de cerrajero, electricista y fontanero de urgencia.
  • Cobertura frente al robo en la vivienda, con protección de los bienes asegurados según las condiciones de la póliza.
  • Daños eléctricos, incluidos determinados daños derivados de sobretensiones o caída de rayo.
  • Asistencia informática, para ayudarte cuando tienes problemas con tus dispositivos. 

Si quieres proteger tu vivienda, tus bienes o tu responsabilidad, consigue online el presupuesto del seguro de hogar Génesis. Paga solo por lo que necesitas.

 

TE INTERESA: 

Preguntas frecuentes sobre seguros de hogar si vives de alquiler

¿Tengo que contratar un seguro de hogar si vivo de alquiler?

No, si en el contrato no se exige. La Ley de Arrendamientos Urbanos no establece una obligación general de contratar un seguro de hogar por vivir de alquiler. Sin embargo, el contrato puede establecer determinadas condiciones sobre la contratación de un seguro.

¿Puede el propietario obligarme a contratar un seguro de hogar?

Puede establecer como condición del alquiler que el inquilino disponga de determinadas coberturas, siempre dentro del marco legal aplicable. Aunque debe estar por escrito en el contrato de alquiler antes de su firma.

¿Es lo mismo estar obligado por ley que estar obligado por el contrato de alquiler?

No. Una obligación legal se aplica porque así lo establece una norma. Una obligación contractual deriva de una condición acordada entre las partes. En el caso del seguro de hogar para inquilinos, la ley no establece una obligación general.

¿Qué pasa si no tengo seguro y se produce un daño en la vivienda alquilada?

La ausencia de seguro no elimina las responsabilidades que correspondan a propietario o inquilino. Si el daño es imputable al inquilino, este se hará cargo del coste de las reperaciones aunque no tenga una póliza que cubra esa responsabilidad.

¿El seguro de hogar del inquilino cubre los daños a terceros?

Puede hacerlo si la póliza incluye responsabilidad civil y el daño está dentro de los supuestos cubiertos. Revisa las condiciones de tu póliza.