Siete consejos valiosos para protegerse en las redes sociales

Publicado el 19 de Febrero de 2023 by Expertos en seguros de hogar, Equipo Génesis
Tiempo de lectura estimado: 3 minutos

Las redes sociales forman parte de nuestra vida cotidiana y muestran nuestro lado más privado, por lo que pueden representar un gran peligro. Te desvelamos cómo navegar con mayor seguridad y proteger tus datos e información personal.  Internet cobra cada vez más protagonismo en nuestras vidas. En España, el 92 % de los usuarios se conecta a diario a Internet y navegan una media de 5,20 horas diarias, de las cuales 1,38 se destinan a las redes sociales. Es precisamente en las redes sociales donde estamos más expuestos ya que compartimos nuestra información más personal, fotos y opiniones

¿Cómo proteger tu información en las redes sociales?

Configura tus opciones de privacidad

Cada red social tiene una serie de opciones de seguridad que te permiten elegir quién puede ver y tener acceso a tu perfil y a lo que publicas, así como quien puede recopilar tus datos. Por eso, el primer paso para navegar con seguridad por las redes sociales consiste en blindar tu privacidad.

No brindes información personal

Muchas redes sociales piden una gran cantidad de información personal y te animan a rellenar todos los campos del perfil pero en realidad no es obligatorio. Considera que cuanta menos información personal brindes, menos expuesto estarás ante un ciberataque. Por tanto, no facilites datos personales como tu dirección o número de teléfono.

Utiliza contraseñas seguras

Lo ideal es que uses contraseñas únicas para cada sitio ya que si usas la misma estarás facilitándole el trabajo a los ciberdelincuentes. Esas contraseñas deben ser seguras, lo cual significa mezclar mayúsculas y minúsculas, incluyendo números y caracteres especiales. También deberías cambiarlas con cierta frecuencia.

No agregues a todo el mundo 

Las peticiones de amistad de personas que no conoces pueden convertirse en un agujero de seguridad en tus perfiles sociales. Sé precavido y no aceptes peticiones provenientes de perfiles “extraños” de desconocidos con los que tampoco tienes amigos en común.

Desactiva la geolocalización

Casi todas las aplicaciones de redes sociales cuentan con una función de geolocalización que puede convertirse en un arma de doble filo ya que podrías estar divulgando sin darte cuenta que estás a cientos de kilómetros de casa. Por tu seguridad, lo mejor es desactivar esta función.

Revisa qué datos de tu perfil son públicos

Todos los datos que incluyes en las redes sociales no son públicos, para descubrir qué puede ver cualquier usuario de Internet que acceda a tu perfil, usa la función “ver como”. Así podrás detectar si estás compartiendo públicamente alguna información que deberías mantener en privado.

Ten cuidado con el acceso que solicitan las aplicaciones

Cuando descargues aplicaciones a través de redes sociales como Facebook, presta atención a los accesos que solicitan. Normalmente estas aplicaciones no deberían tener acceso a tu libreta de contactos, publicaciones y otro tipo de información personal. Si lo solicitan, es probable que luego vendan esos datos a terceros, por lo que es mejor que te lo pienses dos veces antes de instalarlas.

Preguntas frecuentes sobre proteger tu identidad en las redes sociales

¿Qué debo hacer si creo que mi identidad ha sido comprometida en las redes sociales? 

Si sospechas que tu identidad ha sido comprometida, cambia tus contraseñas inmediatamente y revisa tus cuentas para detectar actividades sospechosas. Reporta cualquier actividad inusual a la plataforma y considera contactar a las autoridades pertinentes.

¿Cómo puedo asegurarme de que mi información esté protegida en las redes sociales? 

Revisa y ajusta la configuración de privacidad de tus cuentas para controlar quién puede ver tu información personal y tus publicaciones. Utiliza contraseñas seguras y habilita la autenticación de dos factores siempre que sea posible.

¿Cómo puedo evitar el phishing y otros intentos de fraude en las redes sociales? 

Mantente alerta ante mensajes o correos electrónicos sospechosos que soliciten información personal o financiera. Nunca compartas contraseñas u otra información sensible a través de mensajes no solicitados.


 

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Seguro de hogar en alquiler: ¿es obligatorio para el inquilino?

Publicado el 14 de Septiembre de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 9 minutos
Seguro hogar obligatorio inquilino

No, la ley no obliga al inquilino a contratar un seguro de hogar por el hecho de vivir de alquiler. Ahora bien, hay una diferencia importante entre que el seguro sea obligatorio por ley y que el propietario establezca como condición del alquiler que el inquilino disponga de una póliza con ciertas coberturas. En este último caso, el seguro puede formar parte de las condiciones acordadas entre las partes.

Además, aunque no sea obligatorio, un seguro para inquilinos puede proteger tus pertenencias y cubrir tu responsabilidad civil ante determinados daños.

 

¿Es obligatorio tener seguro de hogar si vives de alquiler?

Si eres inquilino, no tienes que contratar un seguro de hogar simplemente porque alquiles una vivienda. La LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) establece derechos y obligaciones para propietarios e inquilinos, pero no incluye ninguna obligación de asegurar la vivienda.

También es verdad que no lo prohíbe expresamente y que puede ser recomendable para proteger los intereses de unos y otros.

 

Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre el seguro de hogar

La LAU regula aspectos como la conservación y habitabilidad de la vivienda, las reparaciones y las obligaciones de las partes, pero no establece que el inquilino deba tener un seguro de hogar. El artículo 21 obliga:

  • Al arrendador (propietario): a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo cuando el deterioro sea imputable al arrendatario.
  • Al inquilino: a realizar las pequeñas reparaciones derivadas del desgaste por el uso ordinario.

 

Diferencia entre obligación legal y obligación pactada en el contrato

Que no exista una obligación legal no significa que el seguro no pueda aparecer como condición del alquiler.

La LAU establece que los arrendamientos de vivienda se rigen por los pactos, cláusulas y condiciones acordados por las partes dentro del marco legal aplicable.

Por eso, el contrato (no la ley) puede indicar que el inquilino debe disponer de un seguro determinado.

Además, no es lo mismo un seguro de alquiler para propietarios que el de inquilinos.

 

Responsabilidad legal del propietario y del inquilino en el alquiler

Que no exista un seguro de hogar obligatorio para el inquilino no significa que propietario e inquilino estén libres de responsabilidades. Cada uno debe responder de determinadas obligaciones relacionadas con la vivienda.

 

Qué debe garantizar el propietario por ley: habitabilidad y estado de la vivienda

El propietario debe realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para el uso acordado, salvo cuando el deterioro sea imputable al inquilino. La Ley de Arrendamientos Urbanos también establece que el arrendatario debe comunicar al arrendador la necesidad de las reparaciones.

Por ejemplo: si se rompe una tubería de la vivienda, corresponde al propietario hacerse cargo de la reparación. Lo mismo ocurre con una avería de la caldera o con un problema en la instalación eléctrica que hace que deje de funcionar la luz, siempre que no sean consecuencia de un uso incorrecto o de una actuación del inquilino.

La ventaja de tener un seguro de hogar de propietario es que se facilita la gestión de este tipo de situaciones cuando la avería o el daño está cubierto por la póliza. Si no está asegurado, el dueño de la vivienda corre con los gastos de reparación.

 

Qué responsabilidad asume el inquilino aunque no exista seguro obligatorio

El inquilino debe cuidar la vivienda y responder de los daños que sean consecuencia de un uso negligente o de un deterioro que le sea imputable.

Por ejemplo: si la lavadora que utiliza el inquilino provoca una fuga porque no se ha utilizado correctamente y el agua causa daños en la vivienda, podría tener que responder por los desperfectos ocasionados. En estos casos, contar con un seguro que incluya responsabilidad civil puede ayudar a hacer frente a determinadas reclamaciones, siempre que el supuesto esté cubierto por la póliza.

 

Qué pasa si el contrato de alquiler exige un seguro de hogar

Si el contrato establece expresamente que el inquilino debe contratar un seguro, ya no estamos hablando de una obligación general establecida por la ley, sino de una condición concreta del arrendamiento.

 

Cláusulas habituales en los contratos de arrendamiento sobre el seguro

El propietario puede solicitar que el inquilino disponga de determinadas coberturas. Por ejemplo, puede exigir una póliza que incluya responsabilidad civil como ocupante de la vivienda.

No obstante, no todos los seguros de hogar para inquilinos ofrecen exactamente las mismas garantías. Antes de contratarlo, conviene comprobar:

  • Qué coberturas exige el contrato.
  • Qué capital de responsabilidad civil se solicita.
  • Si hay que asegurar también el contenido.
  • Desde qué fecha debe estar activa la póliza.
  • Qué documentación debe entregar el inquilino al propietario.

En cualquier caso, no hay que confundir asegurar el contenido con asegurar el continente. El propietario puede tener una póliza para proteger el inmueble y el inquilino otra destinada a sus pertenencias y responsabilidades.

 

Qué ocurre si no contratas el seguro exigido por el propietario

Si el contrato establece expresamente la obligación de contratar un seguro y el inquilino no lo hace, estás incumpliendo el contrato.

El artículo 27.1 de la LAU establece que, ante el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la parte que haya cumplido puede exigir su cumplimiento o promover la resolución del contrato conforme al artículo 1124 del Código Civil.

Además, si como inquilino no contratas el seguro y se produce un daño del que seas responsable, tendrás que responder de las consecuencias de tu propio bolsillo.

 

Por qué conviene tener un seguro de hogar aunque no sea obligatorio

Por si todavía no has llegado tú mismo a esta conclusión, contar con un seguro de hogar aunque nadie te lo pida, te proporciona la tranquilidad de saber que estás protegido ante imprevistos, robos, etc.

 

Riesgos habituales en una vivienda de alquiler: robos, daños e incendios

Un seguro para inquilinos puede incluir, según la póliza, coberturas como:

  • Contenido: muebles, ropa, electrodomésticos y otros bienes personales.
  • Responsabilidad civil: por daños causados a terceros (y a la casa de alquiler).
  • Incendio por un descuido.
  • Una explosión que provoca desperfectos en elementos del inmueble.
  • Daños materiales ocasionados al propietario cuando existe responsabilidad del inquilino y el supuesto está contemplado en las condiciones.
  • Daños del día a día: como la cobertura de rotura de espejos, cristales, granitos y mármoles.
  • Asistencia y defensa jurídica: si forman parte de la póliza.

El seguro del propietario, por su parte, no tiene por qué cubrir las pertenencias personales del inquilino o los incidentes que provoque.

 

Cómo elegir el seguro de hogar adecuado si vives de alquiler

No necesitas asegurar lo que no te pertenece. Como inquilino, lo primero es identificar qué bienes son tuyos y qué responsabilidades quieres proteger.

Antes de contratar, revisa:

  1. Contenido asegurado: calcula aproximadamente cuánto valdría reponer tus pertenencias.
  2. Responsabilidad civil: comprueba el capital asegurado y las situaciones cubiertas.
  3. Asistencia: valora qué servicios incluye la póliza.
  4. Defensa jurídica: y qué supuestos.
  5. Exclusiones y límites: son tan importantes como las coberturas incluidas.

 

Si dudas entre si como inquilino te interesa el multirriesgo o el seguro a todo riesgo de hogar, normalmente basta con el primero.

Si eres inquilino y quieres proteger…Cobertura que debes buscar
Tus muebles y electrodomésticos.Contenido.
Ropa, dispositivos y objetos personales.Contenido.
Daños que puedas causar a otra persona.Responsabilidad civil.
Daños que puedas causar a la vivienda del propietario.Responsabilidad civil.
Asistencia ante determinados problemas en la vivienda.Cobertura de asistencia en el hogar.
Reclamaciones relacionadas con determinados daños o conflictos.Defensa jurídica.

 

Alquiles o seas propietario: asegura tu hogar con Génesis

Vivir de alquiler no te obliga por ley a contratar un seguro de hogar. Sin embargo, una póliza protege tus pertenencias y los daños que provoques a terceros.

A esto se suman servicios que te pueden resultar especialmente útiles en el día a día:

  • Asistencia en el hogar las 24 horas, incluidos servicios de cerrajero, electricista y fontanero de urgencia.
  • Cobertura frente al robo en la vivienda, con protección de los bienes asegurados según las condiciones de la póliza.
  • Daños eléctricos, incluidos determinados daños derivados de sobretensiones o caída de rayo.
  • Asistencia informática, para ayudarte cuando tienes problemas con tus dispositivos. 

Si quieres proteger tu vivienda, tus bienes o tu responsabilidad, consigue online el presupuesto del seguro de hogar Génesis. Paga solo por lo que necesitas.

 

TE INTERESA: 

Preguntas frecuentes sobre seguros de hogar si vives de alquiler

¿Tengo que contratar un seguro de hogar si vivo de alquiler?

No, si en el contrato no se exige. La Ley de Arrendamientos Urbanos no establece una obligación general de contratar un seguro de hogar por vivir de alquiler. Sin embargo, el contrato puede establecer determinadas condiciones sobre la contratación de un seguro.

¿Puede el propietario obligarme a contratar un seguro de hogar?

Puede establecer como condición del alquiler que el inquilino disponga de determinadas coberturas, siempre dentro del marco legal aplicable. Aunque debe estar por escrito en el contrato de alquiler antes de su firma.

¿Es lo mismo estar obligado por ley que estar obligado por el contrato de alquiler?

No. Una obligación legal se aplica porque así lo establece una norma. Una obligación contractual deriva de una condición acordada entre las partes. En el caso del seguro de hogar para inquilinos, la ley no establece una obligación general.

¿Qué pasa si no tengo seguro y se produce un daño en la vivienda alquilada?

La ausencia de seguro no elimina las responsabilidades que correspondan a propietario o inquilino. Si el daño es imputable al inquilino, este se hará cargo del coste de las reperaciones aunque no tenga una póliza que cubra esa responsabilidad.

¿El seguro de hogar del inquilino cubre los daños a terceros?

Puede hacerlo si la póliza incluye responsabilidad civil y el daño está dentro de los supuestos cubiertos. Revisa las condiciones de tu póliza.