He perdido el carnet de conducir: ¿ahora qué hago?

Publicado el 10 de Mayo de 2024 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 7 minutos

El carné de conducir es una herramienta otorga al conductor la libertad de desplazarse de un lugar a otro en su propio vehículo. Pero además, también representa una gran responsabilidad y un documento de identificación importante. Sin embargo, perder el carnet de conducir puede ser un contratiempo considerable

Además de la molestia de no poder conducir, puede acarrear dificultades en diversas situaciones cotidianas o impedir usar tu vehículo para desplazarte en tu trabajo. Pero no todo está perdido. 

En este artículo, te ofreceremos una guía paso a paso sobre qué hacer si pierdes tu carné de conducir. ¡Sigue leyendo y recupera tu libertad al volante en poco tiempo!

¿Qué debes hacer si pierdes el carnet de conducir?

Antes de perder los nervios, lo mejor es que te asegures de que realmente lo has perdido:

Búscalo bien

Antes de tomar medidas más drásticas, es importante asegurarse de que el carnet de conducir realmente se ha perdido y no simplemente extraviado en algún lugar: 

  • Comienza por buscar en todos los lugares habituales donde podrías haber dejado el carné, como bolsos, carteras, bolsillos de abrigos, etc.
  • También es útil preguntar a amigos, familiares o en los sitios que hayas visitado recientemente por si alguien lo ha encontrado y entregado.
  • Mira en la parte inferior del asiento del vehículo. ¿Puede haberse caído del bolsillo o tu mochila? 

Si tras una búsqueda exhaustiva no encuentras el carné, es momento de pasar al siguiente paso.

Reporta la pérdida del carnet

Una vez confirmada la pérdida del carné de conducir, lo primero que tienes que hacer es comunicárselo a las autoridades: 

Acude a la comisaría de policía más cercana para informar sobre la pérdida y solicitar un informe oficial, especialmente si sospechas que el carné ha sido robado. 

Estas son todas las vías posibles que tienes para denunciar la pérdida del carnet de conducir en la Policía: 

a) Online: a través del canal de denuncias, seleccionando la opción “Pérdida o extravío de documentos y/o efectos” y la provincia donde te encuentras. 

Oficina virtual de denuncias

 

b) Por teléfono: en el 902 102 112. Aunque luego debes dirigirte a la comisaría para ratificar y firmar la denuncia. Tienes un plazo de 48 horas para hacerlo. 

c) Presencial: selecciona la oficina más cercana

Cuanto antes notifiques la pérdida, antes podrás comenzar el proceso de recuperación. Ya solo te falta solicitar el duplicado del carnet de conducir.

¿Cómo pedir un duplicado del carnet de conducir?

Este proceso puede realizarse tanto de forma online a través del sitio web de la Dirección General de Tráfico (DGT), como presencialmente en una oficina autorizada. A continuación, te explicamos los detalles de cada opción:

Documentación necesaria

Para solicitar un duplicado del carné de conducir, es importante contar con la documentación requerida:

  • El pago de la Tasa 4.4 (enseguida te contamos cómo realizarlo).
  • DNI o Pasaporte (para el trámite presencial).
  • Si eres extranjero comunitario: autorización de residencia o documento de identidad de tu país, o Pasaporte junto con el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
  • Si eres extranjero no comunitario: autorización de residencia en vigor. 

Si vas a realizar el trámite online necesitarás firma electrónica o Clave PIN que te identifique, así como el número de 12 dígitos de la tasa abonada.

Pago de la Tasa

El pago de la Tasa 4.4 solo puede hacerse de 3 maneras: 

Para la tramitación a través de internet o por vía telefónica del duplicado por pérdida, deterioro o robo, tienes que hacer previamente el pago de la tasa 4.4 (actualmente cuesta 20,81 €), a través de la aplicación de pago de tasas

Pago de la tasa

 

Necesitarás certificado electrónico, cl@ve pin o cl@ve permanente. En la última hoja del justificante puedes encontrar el número de la tasa que has adquirido, que es lo que debes introducir a la hora de renovar el carnet por internet. Se trata de un número de 12 dígitos que va acompañado de la fecha de pago y el coste de la misma.

Desde la app miDGT, puedes hacer el pago de la tasa 4.4. Para acceder al pago y gestión de tasas desde la app, debes ir al menú principal de la aplicación y entrar en el apartado de “Mis trámites” ->Tasas->Pago de tasas. Después seleccionas el para qué (“Para un permiso de conducir”), motivo (“Lo he extraviado”), y a continuación te indica importe y te lleva al pago con tarjeta o cargo en cuenta bancaria.

DGT app

 

Solicitud del duplicado online y presencial

En caso de realizar el trámite presencialmente en las oficinas de las Jefaturas de la DGT, es necesario solicitar cita previa, ya sea online o llamando al 060. Allí mismo podrás pagar la tasa 4.4 en el momento de realizar el trámite. Pero ten en cuenta que no te van a dejar pagar en efectivo, así que necesitarás una tarjeta de crédito o débito. Si no dispones de tarjeta de crédito o débito, en la jefatura le facilitarán el modelo 791 para realizar el abono en cualquier entidad financiera adherida al pago de tasas. 

➔ Este trámite no se puede hacer a través de la App miDGT, aunque el pago de la tasa sí que lo puedes realizar por esta vía. 

Para la solicitud online necesitas tener a mano el número de la tasa pagada, que aparece al final (12 dígitos) y puedes realizarlo si con tu DNIe a través de este enlace. Te pedirá tus datos personales. Habrás terminado cuando veas este mensaje en tu pantalla 

Solicitud del duplicado online

Recuerda descargarte la Autorización Temporal, que tiene una validez de 6 meses. Tiempo suficiente para recibir en tu domicilio el nuevo carnet físico de conducir.

¿Cuánto cuesta pedir un duplicado?

La tasa por pérdida o extravío, en el momento en el que se escribe esta guía, es de 20,81 €. Si tienes un carnet especial de transporte de mercancías peligrosas, puede ser diferente.

Tiempo de espera para recibir el duplicado

El permiso de conducción temporal lo recibes en el momento de tramitar en la DGT la solicitud y pago de la tasa, tanto en el trámite presencial como online. 

Tiene una duración de 6 meses y es un justificante válido hasta que te llega el carnet en formato físico a tu domicilio. Si lo tramitas online, recuerda tener la precaución de guardarlo porque solo se puede imprimir en ese momento. Si cierras la pestaña sin imprimirlo, no podrás recuperarlo

El carnet duplicado suele tardar aproximadamente un mes y medio después de la realización de tu trámite. 

Si pasado un tiempo prudencial no lo recibes, puedes comunicarte con la jefatura en la que realizaste el duplicado por internet, presentando un escrito a través del Registro Electrónico Común de la Administración, o presencialmente en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico (previa cita, no lo olvides).

¿Cómo tener tu carnet siempre en la app MiDGT?

Es la manera más sencilla de no perder nunca más tu carnet de conducir. Guárdalo a buen recaudo en casa y descárgate la aplicación de “miDGT”

Solo tienes que instalarla en tu smartphone y registrarte con Cl@ve. Es igual de válido que la tarjeta física de toda la vida. 

Además, tiene un montón de ventajas, como recordatorio si te va a caducar, puedes comprobar tus puntos y hacer muchos de los trámites y consultas más habituales de tu carnet o tu vehículo.

Preguntas frecuentes sobre qué hacer si pierdes el carnet de conducir

+ ¿Qué hacer mientras esperas tu nuevo carnet?

Con el justificante temporal puedes conducir sin problema por España, pero no puedes salir de nuestras fronteras, salvo que solicites un permiso especial.

+ ¿Qué hago si encuentro el carnet de conducir después de haber tramitado el duplicado? 

Si encuentras tu permiso anterior después de haber obtenido un duplicado, deberás devolver el permiso antiguo en la Jefatura u Oficina de Tráfico más cercana

+ ¿Hay que pagar la tasa aunque el duplicado venga como consecuencia de un robo? 

Sí, ya sea por robo, pérdida o deterioro, es necesario abonar la tasa 4.4 para obtener el duplicado. 

+ ¿Qué caducidad tiene el duplicado? 

El mismo periodo de validez que tuviera el original. El trámite para la renovación es diferente, hay que presentar documentación adicional y se paga una tasa distinta.

Qué hacer cuando la parte contraria no reconoce el accidente

Publicado el 26 de Febrero de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 7 minutos
Dos personas fuera del coche mediando

Tener un accidente de tráfico es siempre un momento desagradable. Lo es aún más si la otra persona niega que el choque haya ocurrido o que tenga responsabilidad. En España, aunque esto complique los trámites, tienes recursos legales y seguros que te protegen si sabes cómo actuar.

 

Qué hacer justo después del accidente para proteger tu reclamación

Lo primero que debes hacer en el lugar del accidente es:

  1. Detener el vehículo, encender las luces de emergencia y asegurarte de que tú y los demás estáis fuera de peligro.
  2. Señalizar correctamente el accidente, teniendo en cuenta la normativa vigente (por ejemplo, el uso de la baliza V‑16 conectada en lugar de triángulos).
  3. Comprobar si hay heridos y, si los hay, llamar al 112.
  4. Recoger el máximo de evidencias posibles:
    - Fotos y vídeos de los vehículos, las matrículas, la posición y los daños.
    - Fecha, hora y lugar exactos del accidente.
    - Datos de testigos que presenciaron la colisión.
  5. Intercambiar datos con la otra parte (nombre, matrícula, aseguradora).
  6. Intentar rellenar el Parte Europeo de Accidente (DAA) o parte amistoso. Este documento ayuda a agilizar los trámites con las aseguradoras, aunque no es obligatorio si no hay acuerdo entre las partes.

 

Cómo actuar cuando la parte contraria no reconoce el accidente

Aunque es una faena, puede pasar: la otra persona dice que no tuvo nada que ver con el siniestro o se niega a asumir su responsabilidad. No supone que pierdas tus derechos, pero necesitas pruebas sólidas.

 

Qué pruebas necesitas

Recopila todo lo que puedas:

  • Fotos y vídeos del accidente y de los daños.
  • Declaraciones de testigos, con nombre y contacto.
  • Datos de seguros y matrícula de la otra parte.
  • Atestado policial, si interviene la policía o la Guardia Civil (muy recomendable si no hay acuerdo).
  • Informes médicos y periciales si hay lesiones o daños que reclamar.

 

Qué pasa si la aseguradora no se quiere hacer cargo

Cuando la parte contraria no asume la culpa, la aseguradora puede tardar más en decidir sobre tu reclamación o incluso rechazarla inicialmente. Según la Ley de Contrato de Seguro, la compañía tiene obligaciones de gestión y plazos máximos de respuesta (usualmente hasta 3 meses) una vez presentada la reclamación completa. Si no responde en ese plazo o lo hace de forma injustificada, puede haber efectos legales como intereses por demora.

Si tu aseguradora se niega a tramitarlo o te ofrece una indemnización insuficiente, puedes reclamar ante el Defensor del Asegurado o ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

 

Qué hacer si la otra persona se niega a identificarse

Si el otro conductor se niega a darte sus datos, llama a la Policía Local o a la Guardia Civil. Los agentes están capacitados para identificar a las partes y redactar un atestado que respalde tu versión de los hechos. Esto es especialmente útil cuando no hay parte amistoso firmado. 

 

Qué hacer si no quiere rellenar el parte amistoso

No existe una obligación legal de firmar el parte amistoso, aunque eso no significa que vayas a tener problemas reclamando si aportas tú toda la información posible. En ese caso:

  • Anota todos los datos que puedas.
  • Llama a la policía para que levanten atestado.
  • Recopila fotografías y testigos.
  • Da parte a tu aseguradora dentro de los plazos que marque tu póliza (normalmente 7 días).

 

Qué hacer si no hay atestado

Si la policía no acude y no se levanta un atestado, reunir pruebas propias es más relevante aún. Aun así, tu aseguradora puede comenzar la gestión de siniestro con las pruebas que aportes. Si no llega a un acuerdo, puede ser necesario acudir a la vía civil o penal para acreditar los hechos.

 

Qué hacer si hay testigos o cámaras de seguridad

Los testigos visuales y las grabaciones de cámaras son pruebas muy valiosas. Pueden respaldar tu versión en la reclamación o en un procedimiento judicial. Asegúrate de:

  • Pedir a los testigos una breve declaración por escrito o grabada.
  • Consultar si hay cámaras de tráfico o seguridad en la zona y solicitar el acceso a las grabaciones.

 

Cómo reclamar daños materiales y lesiones cuando niegan la culpa

Aunque la otra parte niegue su responsabilidad, tú solo tienes que dar parte a tu aseguradora con todas las pruebas (fotos, atestado, testigos, informes médicos). Normalmente, ellos se encargan de reclamar los daños a la otra parte y gestionar la indemnización, incluso si hace falta acudir a juicio.

Si hay lesiones, el baremo de accidentes determina la indemnización según días de baja, secuelas, etc.; si hay daños materiales, se valorarán por peritaje.

Con el seguro a terceros de Génesis, este proceso es muy sencillo: incluye defensa jurídica y reclamación de daños. Ponemos a tu disposición profesionales que gestionan la defensa jurídica, penal, fianzas o reclamación de daños, haciendo que todo el trámite sea más ágil y seguro.

 

El procedimiento judicial si la parte contraria no reconoce el accidente

Cuando no hay acuerdo entre las aseguradoras o entre los conductores, la única solución es llevar el caso ante los tribunales:

  • Reclamación civil por responsabilidad civil extracontractual.
  • Procedimiento penal si existe conducta sancionable.
  • Presentar todas las pruebas recabadas: atestado, fotos, testigos, informes periciales y médicos.
  • Contar con asesoramiento jurídico especializado mejora mucho las posibilidades de éxito.

 

Plazos legales de las aseguradoras para responder

Cuando notifiques el accidente a tu aseguradora, la Ley de Contrato de Seguro establece que la compañía tiene 40 días para informar si acepta o rechaza la reclamación. Si la otra parte no reconoce su responsabilidad, el trámite puede alargarse, aunque la ley indica que la resolución debe producirse en un máximo de 3 meses. Si la aseguradora supera este plazo sin una justificación válida, podría estar obligada a pagarte intereses de demora.

 

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Preguntas frecuentes sobre cómo actuar si la parte contraria no reconoce el accidente

¿Qué pasa si la parte contraria no reconoce el accidente?

Para que no sea su palabra contra la tuya, debes presentar pruebas como fotos, testigos, atestado o cámaras para demostrar que el accidente ocurrió y quién tiene la responsabilidad. El parte amistoso no es obligatorio si no hay consenso.

 

¿Cuándo se puede negar una aseguradora a pagar?

Una aseguradora puede negar el pago si no se demuestra la responsabilidad de su asegurado o si existe alguna exclusión en la póliza, pero tienes derecho a reclamar y, si hace falta, llevarlo a juicio.

 

¿El seguro obligatorio cubre los daños producidos a la parte contraria?

Sí. El seguro obligatorio de responsabilidad civil del vehículo cubre los daños materiales y personales que causes a terceros, incluso si tu versión de los hechos difiere de la de la otra parte.

 

¿Qué plazo legal tiene la aseguradora para responderme?

La aseguradora debe contestar tu reclamación en máximo 40 días. Si la otra parte no reconoce la culpa, el plazo puede extenderse hasta 3 meses. Si se retrasa sin justificarlo, podrían aplicarse intereses de demora.

 

¿En qué situación puede una aseguradora rechazar una reclamación?

Puede rechazarla si no hay pruebas suficientes, si hay una exclusión contractual o si la actuación del asegurado viola las condiciones de la póliza (p. ej., conducción bajo drogas/alcohol). Sin embargo, este rechazo puede impugnarse