Señales que indican que tu bici tiene problemas en los frenos

Publicado el 19 de Noviembre de 2023 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 2 minutos

La seguridad al montar en bicicleta es primordial, y los frenos juegan un papel crucial en ella. Mantener los frenos en buen estado no solo garantiza una mayor seguridad sino que también mejora la experiencia de conducción. A continuación, se detallan seis señales de advertencia que sugieren la necesidad de ajustar o reparar los frenos de tu bicicleta.

1. Chirrido al frenar

El chirrido al frenar, especialmente si suena similar al ruido que hacen las llantas mojadas, indica que las pastillas de freno no están correctamente alineadas. Este problema requiere un ajuste inmediato para evitar daños mayores.

2. Pastillas de freno desgastadas

Las pastillas lisas o que muestran el metal indican un desgaste severo. Es crucial reemplazarlas de inmediato para mantener la efectividad de los frenos y proteger tu seguridad.

3. Manetas de freno recias

La dificultad para accionar las manetas puede deberse a fundas o cables sucios. Limpiar y lubricar estas partes puede restaurar la funcionalidad adecuada.

4. Pastillas de freno pegadas a la llanta

Si la llanta no gira libremente debido al roce con la pastilla de freno, es señal de que requieren un ajuste. Esto puede deberse a un mal posicionamiento o a una deformación de la llanta.

5. Manetas de freno rozando el manubrio

Este problema común reduce la eficacia del frenado y puede ser causado por una mala calibración de los brazos de los frenos o un ajuste incorrecto de las pastillas.

6. Brazos de freno que no regresan

La falta de retorno de los brazos de freno puede indicar resortes débiles o mal calibración. Un mantenimiento adecuado puede solucionar este problema.

Preguntas frecuentes sobre problemas en los frenos 

¿Cómo puedo prevenir el desgaste rápido de las pastillas de freno?

Mantener limpias las llantas y las pastillas, y evitar frenadas bruscas puede prolongar la vida útil de las pastillas.

¿Con qué frecuencia debo revisar los frenos de mi bicicleta?

Es recomendable revisar los frenos y su funcionamiento antes de cada salida, especialmente si utilizas la bicicleta con regularidad o en condiciones adversas.

¿Puedo ajustar los frenos yo mismo o debo llevar mi bicicleta a un profesional?

Muchos ajustes pueden realizarse en casa con las herramientas adecuadas y algo de conocimiento. Sin embargo, para problemas complejos o mantenimiento profundo, consultar a un profesional es lo más seguro.

¿Hay motos que puedes conducir sin carnet en España?

Publicado el 25 de Septiembre de 2025 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 5 minutos
Moto sin carnet

Cuando hablamos de motos de gran cilindrada, todos tenemos claro que es imprescindible tener carnet para poder circular. Pero la duda aparece cuando entran en juego los ciclomotores de 49 cc, las motos eléctricas de alquiler urbano o incluso según la edad que tengas. ¿Se pueden conducir sin carnet? ¿O siempre es necesario un permiso? Vamos a aclararlo en detalle, repasando la normativa, las sanciones y qué opciones reales existen.

¿Se puede conducir una moto sin carnet en España? 

No, no se puede conducir una moto sin carnet en España.

La Dirección General de Tráfico (DGT) es clara: para conducir un ciclomotor, una moto eléctrica o cualquier motocicleta, es obligatorio contar con un permiso o licencia que lo autorice.

Tal y como indica la propia DGT: “Para poder conducir un ciclomotor o cualquier otro vehículo, la Administración exige tener previamente un permiso o licencia que autorice a conducirlos a las personas que hayan demostrado que reúnen los requisitos y aptitudes necesarios para ello. Por lo tanto, para conducir ciclomotores, es preciso poseer previamente el permiso de conducción AM expedido por las Jefaturas Provinciales de Tráfico.”

Multas y sanciones por conducir sin carnet

Conducir una moto sin carnet se considera una infracción muy grave. Las sanciones pueden incluir:

  • Multa económica de hasta 500 €.
  • Inmovilización del vehículo.
  • Delito contra la seguridad vial (art. 384 del Código Penal) si conduces habiendo perdido todos los puntos o tras la retirada judicial del permiso, con penas de hasta 6 meses de prisión.

Tampoco se puede conducir sin seguro, no lo olvides

Además del carnet, cualquier moto o ciclomotor que circule por la vía pública debe tener un seguro obligatorio en vigor. Conducir sin seguro puede suponerte sanciones desde 601 hasta 3.005 € y la inmovilización del vehículo.

En Génesis puedes encontrar diferentes seguros de moto:

  • Seguro a terceros básico: la opción más económica, con Responsabilidad Civil Obligatoria, asistencia en carretera, defensa legal y gestión de multas.
  • Seguro a terceros ampliado: más seguridad a buen precio. Incluye robo, incendio y moto de sustitución, entre otras coberturas adicionales.
  • Seguro a todo riesgo: la protección más completa para tu moto. Con cobertura de sustitución por una moto nueva si tienes un siniestro total y la moto tiene menos de un año, daños propios, sin franquicia en coberturas por incendio o pérdida total. y cobertura para equipos o accesorios, entre otros.
  • Seguro para moto de 125 cc o scooter: incluye la Responsabilidad Civil Obligatoria, que cubre los daños a terceros en caso de accidente. Además, puedes añadir coberturas opcionales.
  • Seguro para ciclomotor o moto de 49 cc: el mejor precio sin comprometer la calidad de tu seguro.

Normativa para conducir una moto

La normativa española exige disponer siempre de un permiso de conducción válido para circular con una moto, ya sea ciclomotor, eléctrica o motocicleta de mayor cilindrada.

Diferencias entre ciclomotor y motocicleta

  • Ciclomotor: hasta 49 cc o velocidad máxima de 45 km/h. Requiere el permiso AM para conducirla, desde los 15 años.
  • Motocicleta: a partir de 125 cc y que alcanza mayor velocidad. Requiere permisos A1, A2 o A, según la potencia.

Permisos especiales y licencias antiguas

Algunas licencias antiguas, como el Licencia de Ciclomotor, fueron sustituidas por el permiso AM, pero siguen siendo válidas. Además, si tienes el carnet B con más de 3 años de antigüedad, puedes conducir motos de hasta 125 cc.

Motos que no requieren carnet de conducir específico

Aunque no existe ninguna moto que puedas conducir sin carnet, sí hay casos en los que no se necesita un permiso específico de moto. Por ejemplo, si tienes el carnet B de coche, con más de tres años de antigüedad, puedes llevar motos de hasta 125 cc.

Ciclomotores de 49 cc o motos eléctricas

Pueden conducirse con el permiso AM desde los 15 años.

Motos hasta 125 cc

Se pueden conducir con el carnet A1 desde los 16 años, o con el carnet B de coche con más de tres años de antigüedad.

Requisitos de edad y condiciones

La edad mínima para conducir motos varía según la cilindrada y el tipo de carnet.

Tipo de moto

Carnet requerido

Edad mínima

Ciclomotor hasta 49 cc

AM

15 años.

Moto hasta 125 cc (11 kW máx.)

A1 o B (3 años)

16 años (o 21 para carnet B).

Motos hasta 35 kW

A2

18 años.

Motos sin límite de potencia

A

20 años (y 2 años de antigüedad con A2).

Conducir con 15 años

Se puede obtener el carnet AM y conducir ciclomotores de hasta 49 cc.

Conducir con 16 años

Tienes 2 opciones: puedes sacarte el A1 y llevar motos de hasta 125 cc u optar por el AM para scooters. Valora qué carnet de moto te interesa más tener con 16 años.

Conducir a partir de 18 años

Con esta edad ya tienes acceso al carnet A2 para motos de hasta 35 kW.

TE INTERESA:

Preguntas frecuentes sobre qué moto llevar sin carnet de conducir

¿Puedo conducir una moto eléctrica sin carnet específico?

No. Aunque sea eléctrica, necesitas el carnet AM, A1, A2 o A según su potencia.

¿Se necesita seguro para una moto de 49 cc o eléctrica?

Sí, todas las motos y ciclomotores que circulen por la vía pública deben tener seguro obligatorio.

¿Qué edad mínima necesito para conducir un ciclomotor?

15 años y sacarte el permiso AM.

¿Puedo llevar pasajero en una moto sin carnet?

No. Sin carnet no puedes conducir ninguna moto y mucho menos transportar pasajeros.


“Para poder conducir un ciclomotor o cualquier otro vehículo, la Administración exige tener previamente un permiso o licencia que autorice a conducirlos a las personas que hayan demostrado que reúnen los requisitos y aptitudes necesarios para ello. Por lo tanto, para conducir ciclomotores, es preciso poseer previamente el permiso de conducción AM que es expedido por las Jefaturas Provinciales de tráfico.” 

Fuente DGT: https://www.dgt.es/export/sites/web-DGT/.galleries/downloads/conoce_la_dgt/que-hacemos/educacion-vial/adultos/no-formal/Los_ciclomotores.pdf