Multa por conducir una moto 125 con el Carnet B

Publicado el 12 de Noviembre de 2024 by Expertos en seguros de moto, Equipo Génesis
Tiempo de lectura estimado: 3 minutos

Conducir una moto de 125 cc con el carnet B (el permiso estándar para coches) puede parecer sencillo, pero hay circunstancias importantes que debes conocer para evitar sanciones. Las motos de 125 cc, ligeras y con potencia máxima de 11 kW, son una opción interesante para quienes buscan movilidad ágil en la ciudad. Descubre qué normativa debes seguir para conducirlas sin problemas.

Multa por conducir una moto de 125 cc con un carnet tipo B

Aunque el carnet B permite conducir ciertos vehículos de dos ruedas, es importante respetar las condiciones establecidas por la Dirección General de Tráfico (DGT). Las multas por circular sin el permiso o la autorización necesaria para conducir el vehículo o hacerlo con dicho permiso caduca supone una multa de hasta 500 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir.

Las sanciones se aplican si:

  • No se cumplen los 3 años mínimos de experiencia con el carnet B, requisito fundamental para poder manejar motos de 125 cc.
  • Se conduce una moto con cilindrada superior a 125 cc sin el permiso correspondiente (A1 o A2).
  • No se llevan los elementos de seguridad obligatorios, como el casco.

¿Puedo conducir una moto de 125 con el carnet B?

Sí, pero cumpliendo ciertas condiciones. En España, el carnet B autoriza a conducir motocicletas de hasta 125 cc y una potencia máxima de 11 kW, siempre que el conductor tenga al menos 3 años de antigüedad con dicho carnet. Este permiso también incluye la posibilidad de conducir scooters de la misma cilindrada.

En cualquier caso, las motos no pueden superar los 11 kW de potencia ni tener un ratio potencia/peso mayor de 0,1 kW/kg.

Los nuevos cambios en la legislación para conducir una moto

Aunque la DGT anunció algunos cambios en la normativa en 2024 para aumentar la seguridad de los motoristas en nuestras carreteras y disminuir el índice de mortalidad de estos conductores, a día de hoy no se ha publicado ninguna nueva legislación al respecto.

Lo que se cree que incluirá esa norma que afecte a los conductores de moto sería:

  • Obligatoriedad de casco integral obligatorio (no valdría el tipo Jet para carreteras).
  • Guantes homologados para conductor y pasajeros.
  • Curso de conducción específico para motos de 125 cc.

Aunque desde la DGT llevan tiempo trabajando en la modificación del Reglamento General de Circulación, habrá que esperar a 2025 para conocer exactamente qué cambios incluirá.

¿Qué tipo de moto puedes conducir según tu carnet?

A continuación, te presentamos una tabla con los carnets y las motos que puedes conducir en España. Identifica rápidamente qué tipo de moto puedes llevar según tu licencia de conducir:

Tipo de carnet

Tipo de moto permitida

AM

Ciclomotores de hasta 50 cc.

A1

Motos de hasta 125 cc y 11 kW de potencia.

A2

Motos de hasta 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg.

A

Todas las motocicletas, sin límite de potencia.

B

Motos de hasta 125 cc y 11 kW de potencia (con 3 años de antigüedad). Además de los turismos.

TE INTERESA:

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de moto puedo utilizar?

Con el carnet AM puedes conducir ciclomotores hasta 50 cc, con el A1 motos hasta 125 cc y 11 kW, el A2 motos hasta 35 kW, y el A todas las motos sin límite de potencia. Con el carnet B (tras 3 años de antigüedad), también puedes conducir motos de hasta 125 cc y 11 kW.

¿Con el carnet de coche se puede conducir una moto de 125 cc?

Si tienes 3 años de experiencia con el carnet de coche (B) y la moto no supera los 11 kW de potencia, sí que puedes. De lo contrario, necesitarás un carnet específico de motocicleta, como el A1 o el A2, dependiendo de la potencia de la moto.

¿Cuándo puedes conducir una moto de 125?

Puedes conducir una moto de 125 cc si cumples con estas condiciones:

  • Tienes el carnet B con al menos 3 años de experiencia.
  • Respetas la potencia máxima de 11 kW y el ratio potencia/peso.

Descubre qué motos puedes conducir con el carnet B: Guía completa

Publicado el 14 de Febrero de 2025 by Expertos en seguros de moto, Equipo Génesis
Tiempo de lectura estimado: 4 minutos
Chica montada en moto viendo el mar

Si estás pensando en moverte en moto, pero tu carnet es de coche, ¿sabes que puedes conducir algunas motos? El carnet B te permite hacerlo, pero con algunos límites. 

En esta guía te explicamos qué requisitos necesitas cumplir, qué motos están permitidas y algunos consejos para empezar a conducir con seguridad.

 

¿Qué requisitos necesitas para conducir una moto con el carnet B?

Para poder conducir una moto con el carnet B en España, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener el carnet de coche (B) con al menos 3 años de antigüedad.
  • La moto debe ser de hasta 125 cc y no superar los 11 kW de potencia (15 CV).
  • La relación potencia/peso de la moto no debe ser superior a 0,1 kW/kg.

 

¿Puedo conducir una moto de 125 cc con el carnet B?

Sí, siempre que cumplas con los requisitos anteriores. El carnet B te permite conducir motocicletas de hasta 125 cc sin necesidad de obtener un permiso adicional. Sin embargo, si no tienes experiencia previa en motos, es recomendable realizar un curso de formación para mejorar tu seguridad en carretera.

 

Limitaciones del carnet B para conducir motos

A la hora de conducir una moto, el carnet B para quienes tienen al menos 3 años de antigüedad es equivalente a tener el permiso de conducir de la clase A1. O lo que es lo mismo:

  • No puedes conducir motos de cilindrada mayor a 125 cc.
  • La potencia de la moto no puede superar los 11 KW de potencia (15 CV).
  • Tu carnet de coche debe tener al menos 3 años de antigüedad.

Lo que no es obligatorio es que realices ningún tipo de prueba ni teórica ni práctica.

 

Consejos para empezar a conducir motos con el carnet B

Aunque no sea obligatorio dar ninguna clase para aprender a conducir las motos que puedes conducir con el carnet B, sí que es recomendable que practiques antes de circular con ella:
 

  • Practica en entornos seguros antes de circular por vías con mucho tráfico.
  • Utiliza siempre el equipamiento adecuado, como casco, guantes y ropa con protecciones.
  • Familiarízate con la mecánica de la moto, incluyendo frenos y cambios de marcha.
  • Adopta una conducción prudente y respeta siempre la distancia de seguridad.

 

¿Qué tipos de motos están permitidas con el carnet B?

Si cumples con los requisitos, podrás conducir las siguientes motocicletas:

  1. Scooters de hasta 125 cc: ideales para ciudad y trayectos cortos.
  2. Motos de marchas de hasta 125 cc: adecuadas para quienes buscan una conducción más dinámica.
  3. Motos eléctricas equivalentes a 125 cc: una opción sostenible y económica.

 

Diferencias entre conducir una moto de 125 cc y otros vehículos con el carnet B

A diferencia de un coche, las motos de hasta 125 cc requieren mayor equilibrio y atención a la estabilidad. Además, las condiciones climáticas influyen más en la conducción y la seguridad depende en gran medida del equipamiento del motorista. La velocidad y la maniobrabilidad también son distintas, por lo que es recomendable adquirir experiencia progresivamente.

 

Ventajas de conducir una moto con el carnet B

Si estás pensando en cambiar de vehículo, aquí tienes algunas ventajas de conducir una moto con el carnet B:

  • Menor consumo de combustible y ahorro en desplazamientos.
  • Mayor facilidad para aparcar, especialmente en zonas urbanas.
  • Menos atascos y mayor agilidad en la conducción diaria.
  • Menos gastos de mantenimiento en comparación con un coche.
  • Mayor sensación de libertad y dinamismo en la conducción.

 

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Preguntas frecuentes

¿Necesito realizar un curso práctico para conducir motos con el carnet B?

No es obligatorio, pero es muy recomendable si no tienes experiencia previa en motos. Algunas autoescuelas ofrecen cursos específicos para mejorar tu seguridad y confianza.

 

¿Qué seguros son obligatorios para conducir motos con el carnet B?

Es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil, que cubra los daños a terceros en caso de accidente. También puedes contratar coberturas adicionales, como robo o daños propios. En Génesis, además, te ofrecemos cobertura total de tu equipamiento.

 

¿Puedo conducir una moto eléctrica con el carnet B?

Sí, siempre que la moto eléctrica tenga una potencia máxima equivalente a 11 kW (15 CV) y su relación potencia/peso no supere los 0,1 kW/kg. Además, el carnet B debe tener una antigüedad de 3 años como mínimo. Es una opción cada vez más popular por su bajo impacto ambiental y menor coste de mantenimiento.