Cambio de titularidad del coche: requisitos y cómo hacerlo

Publicado el 18 de Abril de 2023 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 3 minutos

Si has comprado un vehículo de segunda mano, tendrás que hacer los trámites para cambiar la titularidad del coche. Descubre cómo ponerlo a tu nombre.  El mercado de ocasión goza de una excelente salud ya que es la opción preferida por muchos conductores para cambiar de coche. Si estás pensando en comprar un coche de segunda mano, es importante que no solo compruebes su estado, sino que realices todos los trámites necesarios para evitar sorpresas desagradables, entre ellos, el cambio de titularidad del coche.

¿Cuáles son los requisitos para hacer el cambio de titularidad?

El cambio de titularidad, también conocido como transferencia de coche, es un trámite a través del cual se certifica el proceso de compraventa de un vehículo para que el nuevo titular adquiera legalmente tanto los derechos como las responsabilidades sobre el coche. Por esa razón, este trámite es obligatorio cuando se adquiere un coche de segunda mano, que tuvo un propietario anterior. No obstante, antes de realizar el cambio de titularidad del coche tendrás que comprobar algunos detalles:

Que el vehículo esté dado de alta en la DGT

Si estuviera de baja temporal, el vendedor tendrá que darle de alta para luego poder realizar la transferencia.

Que tenga abonado el Impuesto de circulación del año anterior

Cabe aclarar que, por ley, el propietario del coche a fecha 1 de enero es el encargado de pagar el impuesto municipal de circulación correspondiente a ese año.

Que haya pagado todas las sanciones

Todas las sanciones por infracciones de tráfico imputadas al coche.

Que se encuentre libre de limitaciones de disposición, embargos o precintos

Puedes comprobar todos esos detalles solicitando un informe reducido del coche, que es gratuito.

¿Qué documentos necesitas para realizar la transferencia del vehículo?

Para hacer el cambio de titularidad del coche puedes acudir a cualquier Jefatura Provincial de Tráfico, pidiendo cita previa. Una vez allí, debes proporcionar la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud de cambio de titularidad del vehículo
  • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o permiso de conducción español del comprador y el vendedor
  • Documento que acredite la transmisión del vehículo, ya sea una factura o el contrato de compraventa debidamente firmado por el comprador y el vendedor
  • Permiso de circulación del vehículo
  • Justificante de pago de la tasa correspondiente, aunque puedes pagarla directamente en la oficina
  • Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que se liquida en la Comunidad Autónoma del comprador

También puedes hacer el cambio de titularidad de un coche por Internet en la web de la DGT, pero necesitarás contar con un certificado electrónico que acredite tu identidad. 

Cambio de nombre de un coche, ¿Cuánto cuesta?

Antes de acudir a la oficina de Tráfico para realizar el cambio de nombre del coche tendrás que pagar la tasa 1.5. También debes acudir a las oficinas de Hacienda de tu Comunidad Autónoma para abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Dicho impuesto varía de una Comunidad a otra, pero lo habitual es que oscile entre un 4 y 6% sobre el precio de venta del vehículo. Cuando termines, el vehículo dejará de estar a nombre del propietario anterior y pasarás a ser legalmente su nuevo dueño. En este punto, solo te falta contratar un seguro de coche que se adapte a tus necesidades para poder circular con total tranquilidad desde el primer día.

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Qué hacer cuando la parte contraria no reconoce el accidente

Publicado el 26 de Febrero de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 7 minutos
Dos personas fuera del coche mediando

Tener un accidente de tráfico es siempre un momento desagradable. Lo es aún más si la otra persona niega que el choque haya ocurrido o que tenga responsabilidad. En España, aunque esto complique los trámites, tienes recursos legales y seguros que te protegen si sabes cómo actuar.

 

Qué hacer justo después del accidente para proteger tu reclamación

Lo primero que debes hacer en el lugar del accidente es:

  1. Detener el vehículo, encender las luces de emergencia y asegurarte de que tú y los demás estáis fuera de peligro.
  2. Señalizar correctamente el accidente, teniendo en cuenta la normativa vigente (por ejemplo, el uso de la baliza V‑16 conectada en lugar de triángulos).
  3. Comprobar si hay heridos y, si los hay, llamar al 112.
  4. Recoger el máximo de evidencias posibles:
    - Fotos y vídeos de los vehículos, las matrículas, la posición y los daños.
    - Fecha, hora y lugar exactos del accidente.
    - Datos de testigos que presenciaron la colisión.
  5. Intercambiar datos con la otra parte (nombre, matrícula, aseguradora).
  6. Intentar rellenar el Parte Europeo de Accidente (DAA) o parte amistoso. Este documento ayuda a agilizar los trámites con las aseguradoras, aunque no es obligatorio si no hay acuerdo entre las partes.

 

Cómo actuar cuando la parte contraria no reconoce el accidente

Aunque es una faena, puede pasar: la otra persona dice que no tuvo nada que ver con el siniestro o se niega a asumir su responsabilidad. No supone que pierdas tus derechos, pero necesitas pruebas sólidas.

 

Qué pruebas necesitas

Recopila todo lo que puedas:

  • Fotos y vídeos del accidente y de los daños.
  • Declaraciones de testigos, con nombre y contacto.
  • Datos de seguros y matrícula de la otra parte.
  • Atestado policial, si interviene la policía o la Guardia Civil (muy recomendable si no hay acuerdo).
  • Informes médicos y periciales si hay lesiones o daños que reclamar.

 

Qué pasa si la aseguradora no se quiere hacer cargo

Cuando la parte contraria no asume la culpa, la aseguradora puede tardar más en decidir sobre tu reclamación o incluso rechazarla inicialmente. Según la Ley de Contrato de Seguro, la compañía tiene obligaciones de gestión y plazos máximos de respuesta (usualmente hasta 3 meses) una vez presentada la reclamación completa. Si no responde en ese plazo o lo hace de forma injustificada, puede haber efectos legales como intereses por demora.

Si tu aseguradora se niega a tramitarlo o te ofrece una indemnización insuficiente, puedes reclamar ante el Defensor del Asegurado o ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

 

Qué hacer si la otra persona se niega a identificarse

Si el otro conductor se niega a darte sus datos, llama a la Policía Local o a la Guardia Civil. Los agentes están capacitados para identificar a las partes y redactar un atestado que respalde tu versión de los hechos. Esto es especialmente útil cuando no hay parte amistoso firmado. 

 

Qué hacer si no quiere rellenar el parte amistoso

No existe una obligación legal de firmar el parte amistoso, aunque eso no significa que vayas a tener problemas reclamando si aportas tú toda la información posible. En ese caso:

  • Anota todos los datos que puedas.
  • Llama a la policía para que levanten atestado.
  • Recopila fotografías y testigos.
  • Da parte a tu aseguradora dentro de los plazos que marque tu póliza (normalmente 7 días).

 

Qué hacer si no hay atestado

Si la policía no acude y no se levanta un atestado, reunir pruebas propias es más relevante aún. Aun así, tu aseguradora puede comenzar la gestión de siniestro con las pruebas que aportes. Si no llega a un acuerdo, puede ser necesario acudir a la vía civil o penal para acreditar los hechos.

 

Qué hacer si hay testigos o cámaras de seguridad

Los testigos visuales y las grabaciones de cámaras son pruebas muy valiosas. Pueden respaldar tu versión en la reclamación o en un procedimiento judicial. Asegúrate de:

  • Pedir a los testigos una breve declaración por escrito o grabada.
  • Consultar si hay cámaras de tráfico o seguridad en la zona y solicitar el acceso a las grabaciones.

 

Cómo reclamar daños materiales y lesiones cuando niegan la culpa

Aunque la otra parte niegue su responsabilidad, tú solo tienes que dar parte a tu aseguradora con todas las pruebas (fotos, atestado, testigos, informes médicos). Normalmente, ellos se encargan de reclamar los daños a la otra parte y gestionar la indemnización, incluso si hace falta acudir a juicio.

Si hay lesiones, el baremo de accidentes determina la indemnización según días de baja, secuelas, etc.; si hay daños materiales, se valorarán por peritaje.

Con el seguro a terceros de Génesis, este proceso es muy sencillo: incluye defensa jurídica y reclamación de daños. Ponemos a tu disposición profesionales que gestionan la defensa jurídica, penal, fianzas o reclamación de daños, haciendo que todo el trámite sea más ágil y seguro.

 

El procedimiento judicial si la parte contraria no reconoce el accidente

Cuando no hay acuerdo entre las aseguradoras o entre los conductores, la única solución es llevar el caso ante los tribunales:

  • Reclamación civil por responsabilidad civil extracontractual.
  • Procedimiento penal si existe conducta sancionable.
  • Presentar todas las pruebas recabadas: atestado, fotos, testigos, informes periciales y médicos.
  • Contar con asesoramiento jurídico especializado mejora mucho las posibilidades de éxito.

 

Plazos legales de las aseguradoras para responder

Cuando notifiques el accidente a tu aseguradora, la Ley de Contrato de Seguro establece que la compañía tiene 40 días para informar si acepta o rechaza la reclamación. Si la otra parte no reconoce su responsabilidad, el trámite puede alargarse, aunque la ley indica que la resolución debe producirse en un máximo de 3 meses. Si la aseguradora supera este plazo sin una justificación válida, podría estar obligada a pagarte intereses de demora.

 

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Preguntas frecuentes sobre cómo actuar si la parte contraria no reconoce el accidente

¿Qué pasa si la parte contraria no reconoce el accidente?

Para que no sea su palabra contra la tuya, debes presentar pruebas como fotos, testigos, atestado o cámaras para demostrar que el accidente ocurrió y quién tiene la responsabilidad. El parte amistoso no es obligatorio si no hay consenso.

 

¿Cuándo se puede negar una aseguradora a pagar?

Una aseguradora puede negar el pago si no se demuestra la responsabilidad de su asegurado o si existe alguna exclusión en la póliza, pero tienes derecho a reclamar y, si hace falta, llevarlo a juicio.

 

¿El seguro obligatorio cubre los daños producidos a la parte contraria?

Sí. El seguro obligatorio de responsabilidad civil del vehículo cubre los daños materiales y personales que causes a terceros, incluso si tu versión de los hechos difiere de la de la otra parte.

 

¿Qué plazo legal tiene la aseguradora para responderme?

La aseguradora debe contestar tu reclamación en máximo 40 días. Si la otra parte no reconoce la culpa, el plazo puede extenderse hasta 3 meses. Si se retrasa sin justificarlo, podrían aplicarse intereses de demora.

 

¿En qué situación puede una aseguradora rechazar una reclamación?

Puede rechazarla si no hay pruebas suficientes, si hay una exclusión contractual o si la actuación del asegurado viola las condiciones de la póliza (p. ej., conducción bajo drogas/alcohol). Sin embargo, este rechazo puede impugnarse