Cambio de titularidad del coche: requisitos y cómo hacerlo

Publicado el 18 de Abril de 2023 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 3 minutos

Si has comprado un vehículo de segunda mano, tendrás que hacer los trámites para cambiar la titularidad del coche. Descubre cómo ponerlo a tu nombre.  El mercado de ocasión goza de una excelente salud ya que es la opción preferida por muchos conductores para cambiar de coche. Si estás pensando en comprar un coche de segunda mano, es importante que no solo compruebes su estado, sino que realices todos los trámites necesarios para evitar sorpresas desagradables, entre ellos, el cambio de titularidad del coche.

¿Cuáles son los requisitos para hacer el cambio de titularidad?

El cambio de titularidad, también conocido como transferencia de coche, es un trámite a través del cual se certifica el proceso de compraventa de un vehículo para que el nuevo titular adquiera legalmente tanto los derechos como las responsabilidades sobre el coche. Por esa razón, este trámite es obligatorio cuando se adquiere un coche de segunda mano, que tuvo un propietario anterior. No obstante, antes de realizar el cambio de titularidad del coche tendrás que comprobar algunos detalles:

Que el vehículo esté dado de alta en la DGT

Si estuviera de baja temporal, el vendedor tendrá que darle de alta para luego poder realizar la transferencia.

Que tenga abonado el Impuesto de circulación del año anterior

Cabe aclarar que, por ley, el propietario del coche a fecha 1 de enero es el encargado de pagar el impuesto municipal de circulación correspondiente a ese año.

Que haya pagado todas las sanciones

Todas las sanciones por infracciones de tráfico imputadas al coche.

Que se encuentre libre de limitaciones de disposición, embargos o precintos

Puedes comprobar todos esos detalles solicitando un informe reducido del coche, que es gratuito.

¿Qué documentos necesitas para realizar la transferencia del vehículo?

Para hacer el cambio de titularidad del coche puedes acudir a cualquier Jefatura Provincial de Tráfico, pidiendo cita previa. Una vez allí, debes proporcionar la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud de cambio de titularidad del vehículo
  • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o permiso de conducción español del comprador y el vendedor
  • Documento que acredite la transmisión del vehículo, ya sea una factura o el contrato de compraventa debidamente firmado por el comprador y el vendedor
  • Permiso de circulación del vehículo
  • Justificante de pago de la tasa correspondiente, aunque puedes pagarla directamente en la oficina
  • Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que se liquida en la Comunidad Autónoma del comprador

También puedes hacer el cambio de titularidad de un coche por Internet en la web de la DGT, pero necesitarás contar con un certificado electrónico que acredite tu identidad. 

Cambio de nombre de un coche, ¿Cuánto cuesta?

Antes de acudir a la oficina de Tráfico para realizar el cambio de nombre del coche tendrás que pagar la tasa 1.5. También debes acudir a las oficinas de Hacienda de tu Comunidad Autónoma para abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Dicho impuesto varía de una Comunidad a otra, pero lo habitual es que oscile entre un 4 y 6% sobre el precio de venta del vehículo. Cuando termines, el vehículo dejará de estar a nombre del propietario anterior y pasarás a ser legalmente su nuevo dueño. En este punto, solo te falta contratar un seguro de coche que se adapte a tus necesidades para poder circular con total tranquilidad desde el primer día.

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Qué te cubre el seguro si das positivo en drogas

Publicado el 19 de Febrero de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 5 minutos
Conductor dándole el carnet de conducir a un policía

Dar positivo en drogas tras un control o un accidente de tráfico genera muchas dudas, sobre todo cuando hay daños personales o materiales. ¿El seguro se hace cargo? ¿Puede negarse a pagar? ¿Qué consecuencias legales tiene?

Conducir tras el consumo de drogas es una conducta grave que no está cubierta por el seguro de automóvil. Aun así, cuando hay un accidente con terceros afectados, entran en juego obligaciones legales que pueden generar confusión sobre si el seguro “cubre o no” en estos casos.

 

Qué ocurre si das positivo en drogas tras un accidente de tráfico

Si das positivo en drogas tras un accidente, debes tener claro algo desde el principio: el seguro no te cubre, porque conducir bajo los efectos de estupefacientes se considera una conducta muy grave.

Ahora bien, la ley protege a las personas perjudicadas en el accidente. Por eso, aunque el seguro no te esté cubriendo a ti, la aseguradora adelanta el pago de los daños a terceros, protegiendo a la víctima, y posteriormente te reclamará esas cantidades.

Esto se conoce como derecho de repetición y está regulado en el Real Decreto Legislativo 8/2004, que rige el seguro obligatorio de automóviles.

 

Qué hacer si tienes un accidente y das positivo en drogas

Tras un accidente, actuar correctamente es clave, independientemente del resultado del test: detén tu vehículo en un lugar seguido, señaliza con la baliza V16, llama al 112 si es necesario y asiste a las víctimas. También tendrás que dar el parte al seguro de tu vehículo.

 

Qué hacer si eres el culpable del accidente

Si eres responsable y das positivo en drogas:

  • El seguro sí indemnizará a los terceros perjudicados, porque la ley protege a las víctimas.
  • Posteriormente, la aseguradora puede reclamarte a ti las cantidades pagadas, ejerciendo el llamado derecho de repetición.

 

Qué hacer si no eres el culpable del accidente

Si no has causado el accidente:

  • El seguro del responsable debe cubrir los daños, aunque tú hayas dado positivo.
  • El positivo en drogas no elimina tu derecho a ser indemnizado si no hay relación causal con el accidente.

Eso sí, la situación puede dar lugar a sanciones administrativas independientes.

 

Daños a terceros si das positivo en drogas: ¿los cubre el seguro?

Sí. Los daños a terceros siempre están cubiertos por el seguro obligatorio, incluso si el conductor iba bajo los efectos de drogas.

La ley prioriza la protección de las víctimas. Por eso:

  • El seguro paga a los perjudicados.
  • Después puede reclamar el importe al conductor responsable si actuó bajo drogas o alcohol.

Este mecanismo es obligatorio para las aseguradoras y no depende de lo que diga la póliza.

 

Daños propios y al vehículo si das positivo en drogas

En el caso de los daños propios, no hay margen de duda:

  • El seguro no cubre la reparación del vehículo.
  • Tampoco los daños personales del conductor responsable.

El consumo de drogas al volante excluye estas coberturas de forma generalizada en las pólizas de seguro.

 

¿Puede la aseguradora anular la cobertura si das positivo en drogas?

No puede anular el seguro de forma automática, pero sí puede excluir determinadas coberturas o reclamar lo pagado.

La aseguradora puede:

  1. Negarse a cubrir daños propios.
  2. Reclamar al asegurado las indemnizaciones abonadas a terceros.
  3. Revisar o no renovar la póliza en el futuro.

Todo ello está amparado por el reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.

 

Diferencia entre dar positivo en drogas y en alcohol

Legalmente, las consecuencias son muy similares: ambas conductas están prohibidas; ambas pueden dar lugar a sanciones administrativas o penales; y en ambos casos, el seguro cubre a terceros y puede reclamarlo al conductor.

La diferencia está en los límites objetivos:

  • En alcohol hay tasas concretas.
  • En drogas, basta con la presencia de sustancias en el organismo.

 

Consecuencias legales y económicas de dar positivo en drogas

Dar positivo en drogas conlleva consecuencias importantes, incluso sin accidente.

  1. Multa de 1.000 euros.
  2. Pérdida de 6 puntos del carnet de conducir.

Si hay accidente y daños:

  1. Posibles responsabilidades civiles.
  2. Reclamaciones económicas del seguro.
  3. En casos graves, responsabilidad penal.

 

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Preguntas frecuentes sobre cobertura del seguro al dar positivo en drogas

¿En qué casos cubre el seguro si das positivo en drogas?

En ninguno. La conducción bajo los efectos de drogas no está cubierta por el seguro de automóvil. La única intervención de la aseguradora es el pago anticipado a terceros por obligación legal, con posterior reclamación al conductor.

¿Qué pasa si tengo un accidente y doy positivo?

El seguro indemniza a las víctimas. Después puede reclamarte las cantidades pagadas.

¿Cuándo una aseguradora puede negarse a pagar?

Una aseguradora puede negarse a pagar los daños propios del conductor cuando este conduce bajo los efectos de drogas, porque se trata de una conducta muy grave e imprudente. Además, puede reclamar cualquier indemnización que haya abonado a terceros a través del derecho de repetición y puede negarse a renovar la póliza si considera que el riesgo del conductor sigue siendo elevado.

¿Qué ocurre si doy positivo en drogas en un control sin accidente?

Dar positivo en drogas durante un control rutinario, aunque no haya accidente, supone una infracción muy grave, con multa de 1.000 euros y pérdida de 6 puntos del carnet de conducir. Esta situación no activa la cobertura del seguro, pero puede afectar a la renovación de la póliza y generar consecuencias legales y económicas para el conductor.

¿Cubre mi seguro si doy positivo en alcohol?

El funcionamiento es similar al de las drogas: el seguro cubre siempre los daños a terceros, pero no los daños propios ni los del conductor responsable. Además, la aseguradora puede reclamar posteriormente las cantidades pagadas y considerar el historial de consumo de alcohol para renovar o modificar la póliza. En todo caso, conducir con tasas de alcohol superiores a las permitidas es una infracción muy grave con sanciones legales y retirada de puntos.