Si vendo el coche, ¿me devuelven el dinero del seguro?

Publicado el 7 de Agosto de 2024 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 4 minutos

Es normal tener dudas cuando se produce un cambio tan importante como vender tu vehículo. ¿Devolverás el seguro? ¿Lo traspasarás al nuevo propietario? ¿Qué pasa con el dinero que ya has pagado? Entendemos que estas preguntas pueden surgir y por eso hemos preparado esta guía completa para ayudarte a tomar la mejor decisión.

En Génesis Seguros, sabemos que cada situación es única. Por eso, te ofrecemos diferentes opciones para que puedas adaptar tu seguro a tus nuevas necesidades. Ya sea que quieras cancelar la póliza y recuperar parte de la prima, traspasar el seguro al nuevo propietario o mantener la cobertura para tu próximo vehículo, en Génesis encontrarás la solución perfecta para ti.

A lo largo de este artículo, te explicaremos paso a paso qué debes hacer en cada caso y cuáles son tus derechos como asegurado. Resolveremos todas tus dudas y te proporcionaremos toda la información que necesitas para tomar una decisión informada.

¡Continúa leyendo para descubrir cómo gestionar tu seguro de coche de forma fácil y sencilla!

¿Qué pasa con el seguro si vendo mi coche?

Cuando vendes tu coche, lo más lógico es dar de baja el seguro, ya que ya no necesitas protección para un vehículo que ya no es tuyo. Pero, ¿qué pasa con el dinero que has pagado por la póliza?

Cuando vendes tu coche, lo primero que debes hacer es comunicárselo a tu aseguradora. A partir de ahí, tendrás varias opciones:

  • Cancelar la póliza: si no vas a comprar otro coche a corto plazo, solicita la cancelación de la póliza. En este caso, Génesis te devolverá la parte proporcional de la prima que no hayas utilizado. Es decir, si pagaste un seguro anual y lo cancelas a los 6 meses, te devolverán el dinero correspondiente a los 6 meses que no disfrutarás de la cobertura.
  • Traspasar el seguro al nuevo propietario: si el comprador está interesado, puedes intentar traspasar la póliza a su nombre. Génesis evaluará el perfil del nuevo conductor y, si lo considera adecuado, podrá aceptar el traspaso. Recuerda que la prima podría ajustarse según el nuevo conductor y el vehículo.
  • Mantener la cobertura para un futuro vehículo: si planeas comprar otro coche pronto, puedes mantener tu póliza activa y simplemente transferirla al nuevo vehículo. Génesis adaptará la prima según las características del nuevo coche.

Estas son las opciones que ofrecen la mayoría de las aseguradoras, como Génesis. Sin embargo, en otras compañías tu póliza concreta podría tener alguna cláusula que indique que no se reembolsa importe alguno. ¡Revisa antes de firmar tu nuevo seguro de coche o renovar!

Cancelar el seguro por venta de coche

Si en tu caso lo que necesitas es directamente cancelar tu seguro por la venta del coche, deberás ponerte en contacto con tu aseguradora. En muchos casos te pedirán que lo hagas por escrito (carta certificada o correo electrónico con acuse de recibo) adjuntando una copia del contrato de compraventa del vehículo. 

Además, las pólizas suelen tener un plazo obligatorio para la resolución anticipada, que suele ser de un mes.

Procedimiento para dar de baja el seguro y solicitar la devolución

Los pasos a seguir para dar de baja tu seguro dependen de tu aseguradora. En la mayoría de los casos, solicitar la devolución del dinero requiere de estos trámites:

  1. Notifícalo a tu aseguradora.
  2. Adjunta la documentación que te soliciten.
  3. Espera la confirmación.

Algunas aseguradoras son más tradicionales a la hora de cancelar el seguro: te podrían pedir la comunicación por escrito, que la envíes en papel o que te persones en sus oficinas. Sin embargo, en Génesis Seguros te lo ponemos facilísimo: al igual que solicitaste el alta online o por teléfono y de manera sencilla, si cancelas tu seguro de coche por venta te tramitamos la devolución del dinero por vía telemática. Gestiona tus pólizas a través del área de cliente.

Seguros que te devuelven tu dinero

Normalmente las pólizas tienen una duración anual. Sin embargo, para darlas de baja es suficiente con que el asegurado se lo comunique a la aseguradora en tiempo y forma. Dependiendo de las condiciones particulares que tengas firmadas, tendrás derecho a reclamar el dinero proporcional de la prima por el tiempo no disfrutado.

En Génesis Seguros, todas las pólizas incluyen la posibilidad de devolver este importe. Sin complicaciones, sin pagar de más, con gestiones sencillas. Tu seguro de coche, moto, hogar, vida, responsabilidad civil, embarcaciones, mascotas… a un solo clic o una llamada telefónica.

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Edad máxima para conducir en España: normativa y renovación del carné

Publicado el 21 de Septiembre de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 8 minutos
Edad maxima conducir espana

Aunque te suene que sí, en nuestro país no existe una edad máxima para conducir. Una persona puede seguir conduciendo mientras conserve las aptitudes psicofísicas necesarias y mantenga su permiso en vigor. La edad, por sí sola, no determina cuándo hay que dejar de conducir.

Lo que cambia con la edad es la frecuencia con la que hay que renovar el permiso. En el caso de los permisos de coche y moto, la renovación pasa a realizarse cada cinco años a partir de los 65 años. Además, el reconocimiento psicofísico puede establecer un periodo de validez inferior si se detecta alguna enfermedad o deficiencia que lo justifique.

Cumplir 80, 84 años o más no significa que tengas que aparcar el coche para siempre, pero sí que debes tener en cuenta algunas cuestiones que te contamos a continuación.

 

¿Existe una edad máxima para conducir en España?

La normativa española no establece una edad concreta a partir de la cual una persona deje de estar autorizada para conducir. Lo que sí cambia con los años es la frecuencia con la que debe renovarse el permiso y las condiciones que pueden fijarse en función de las aptitudes de cada conductor. 

 

Qué dice la normativa de la DGT sobre la edad y el permiso de conducir

La DGT deja muy claro que «no existe límite de edad para seguir conduciendo». El criterio no es cumplir una determinada edad, sino conservar las capacidades y aptitudes necesarias para conducir con seguridad. 

Esto significa que una persona de 70, 80 años o más puede continuar conduciendo si supera los reconocimientos correspondientes y mantiene su permiso en vigor, que a partir de los 65 años, cambia.

La normativa establece periodos de vigencia más cortos a medida que aumenta la edad para favorecer que las condiciones psicofísicas del conductor se revisen con mayor frecuencia.

 

Diferencia entre no tener edad máxima y tener que renovar el carné

El permiso de conducir tiene una fecha de caducidad y debe renovarse antes de dicha fecha. En la renovación es necesario acreditar que se mantienen las aptitudes psicofísicas exigidas para conducir (Artículo 7 del Reglamento General de Conductores).

Si durante el reconocimiento se detecta una enfermedad o deficiencia que no impide conducir, pero puede empeorar, el periodo de vigencia puede reducirse. También pueden establecerse determinadas condiciones o restricciones.

 

¿Hasta qué edad se puede sacar el carnet de conducir por primera vez?

Tampoco existe una edad máxima por ley para obtener por primera vez un permiso de conducir. Lo que establece la normativa son edades mínimas, que dependen del tipo de permiso, además de los requisitos psicofísicos y las pruebas teóricas y prácticas correspondientes.

Por tanto, una persona que nunca haya conducido puede presentarse a la obtención del permiso aunque tenga más de 65 años, siempre que cumpla los requisitos exigidos para ese permiso y sea declarada apta.

Antes de comenzar el proceso, debe obtener el informe psicotécnico en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Después tendrá que superar las pruebas establecidas para el permiso que quiera obtener.

Si estás valorando otras alternativas de movilidad, también puedes consultar qué son los ⁠coches sin carnet y qué requisitos tienen.

 

Renovación del carné de conducir para mayores de 80 años

Para los permisos de coche y moto (AM, A1, A2, A y B), el periodo máximo de vigencia es de cinco años a partir de los 65 años. Por tanto, una persona de 80 o 84 años puede tener un permiso con cinco años de vigencia si el reconocimiento psicofísico determina que es apta sin necesidad de reducir ese periodo.

Edad del conductor

Permiso de coche y moto

Permisos profesionales de camión y autobús

Hasta los 64 años.Renovación cada 10 años.Renovación cada 5 años.
Desde los 65 añosRenovación cada 5 años (salvo que se determine que es necesario revisar antes).Renovación cada 3 años (si sigue cumpliendo los requisitos).

Estos son los periodos máximos. El reconocimiento puede establecer una vigencia inferior cuando las condiciones psicofísicas del conductor así lo aconsejen.

 

Qué pruebas psicofísicas hay que superar para renovarlo

Vale, como ya está claro que la renovación depende de esas pruebas psicofísicas, vamos a ver qué se evalúa en el examen médico.

La renovación no implica volver a realizar el examen teórico ni el práctico. Es necesario superar un reconocimiento donde se valoran, entre otros aspectos:

  • La visión.
  • La audición.
  • Las capacidades psicológicas.
  • Los reflejos.
  • La medicación crónica.
  • Y el estado general de salud. 

Es decir, los centros realizan pruebas destinadas a comprobar que el conductor conserva las capacidades físicas, mentales y de coordinación necesarias para conducir.

El resultado puede ser apto, apto con condiciones restrictivas o no apto, según las circunstancias de cada persona.

 

Restricciones que puede incluir el carné de conducir a partir de los 65 años

Se pueden aplicar restricciones siempre que el médico lo prescriba y cuando las condiciones psicofísicas del conductor hagan recomendable limitar determinadas circunstancias de la conducción.

De hecho, dichas restricciones no se dejan al azar, sino que están detalladas en el Anexo IV del Reglamento General de Conductores. En él se contemplan códigos para limitar la conducción, por ejemplo, en función del horario, la distancia, la velocidad o el tipo de vía.

 

Restricciones relacionadas con la visión, la audición y la movilidad

Algunas de las condiciones que pueden requerir adaptaciones están relacionadas con capacidades especialmente importantes al volante.

Por ejemplo, si para alcanzar la agudeza visual exigida es necesario utilizar gafas, el informe de aptitud psicofísica debe indicar la obligación de utilizarlas durante la conducción.

En el caso de pérdida auditiva, para conductores de coche con dificultades auditivas superiores al 45 %, se les puede permitir la conducción si llevan espejos retrovisores exteriores a ambos lados y un retrovisor interior panorámico.

También pueden establecerse adaptaciones o restricciones cuando existen problemas de movilidad que dificultan mantener una posición de conducción adecuada o manejar eficazmente los mandos del vehículo

 

Limitaciones relacionadas con el equilibrio, las funciones motoras o cognitivas

Si, por ejemplo, el conductor sufre vértigos, inestabilidad, mareos o vahídos con asiduidad o mucha intensidad, puede denegarse la renovación del carné de conducir.

Lo mismo ocurre cuando determinadas enfermedades neuromusculares provocan una disminución importante de las funciones motoras, sensitivas o de coordinación, o temblores que puedan interferir en el control del vehículo. En estos casos, el permiso puede prorrogarse con condiciones y un periodo de vigencia más reducido que los 5 años estándar, si así lo determina el médico evaluador.

Las capacidades cognitivas también forman parte de la evaluación. El Reglamento contempla específicamente los casos de demencia, trastornos amnésicos y otros trastornos cognitivos que puedan suponer un riesgo para la conducción. En determinadas situaciones excepcionales, y con dictamen favorable de un neurólogo o psiquiatra, puede autorizarse la prórroga con un periodo de vigencia máximo de un año.

Por tanto, una persona de más de 65 años no tiene que asumir unas restricciones concretas por el hecho de haber cumplido esa edad. Las condiciones que aparezcan en su permiso dependerán de su estado psicofísico y de las adaptaciones o limitaciones que correspondan en cada caso.

 

Conduce con la cobertura adecuada a cualquier edad: seguro de coche Génesis

Tener el permiso en vigor y cumplir las condiciones establecidas para conducir son requisitos básicos para circular. A partir de ahí, contar con un buen seguro permite disponer de protección ante los incidentes al volante.

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Preguntas frecuentes sobre la edad para conducir

¿Hay una edad máxima legal para conducir en España?

No. En España no existe una edad máxima legal para conducir. Se puede seguir conduciendo mientras se conserven las aptitudes psicofísicas necesarias y el permiso esté en vigor.

¿Cada cuánto hay que renovar el carné a partir de los 80 años?

Para los permisos de coche y moto, el periodo máximo de vigencia es de cinco años a partir de los 65 años. No existe una renovación específica diferente por haber cumplido 80. El periodo puede ser inferior si el reconocimiento psicofísico así lo determina.

¿Puedo sacarme el carnet de conducir con más de 70 años?

Sí. No existe una edad máxima general para obtener por primera vez un permiso de conducir. Es necesario cumplir la edad mínima correspondiente al permiso, superar el reconocimiento psicofísico y aprobar las pruebas teóricas y prácticas exigidas.

¿Qué pruebas médicas hay que pasar para renovar el carné siendo mayor?

Hay que superar un reconocimiento de aptitud psicofísica en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado por la DGT. En él se evalúan aspectos como la visión, la audición, las capacidades psicológicas, la coordinación y el estado general de salud.

¿Qué restricciones puede llevar el carné de conducir de una persona mayor?

No depende de la edad, sino de las capacidades de cada conductor. La normativa contempla, entre otras, limitaciones para conducir de noche, restricciones del radio de circulación, límites de velocidad o prohibiciones de circular por ciertas vías. En ningún caso se aplican automáticamente por alcanzar una determinada edad.

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