Seguro a terceros: ¿qué cubre?

Publicado el 14 de Enero de 2025 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 7 minutos
Choque entre dos coches

Puesto que es el más barato que existe, muchos conductores se preguntan qué cubre el seguro de coche a terceros exactamente y si deberían optar por algo más completo. Vamos a despejar todas tus dudas.

 

¿Qué significa un seguro a terceros?

Un seguro a terceros es el tipo de cobertura más básica y económica que puedes contratar para tu coche. Se trata del seguro obligatorio establecido por la ley en España, diseñado para cubrir los daños que puedas causar a otras personas, ya sea a sus bienes o su integridad física, mientras conduces.

En otras palabras, este seguro no cubre los daños a tu propio vehículo ni los que puedas sufrir tú como conductor.


¿Qué cubre un seguro a terceros?

Ahora que ya sabes que se trata del mínimo seguro que debes contratar para poder circular con tu vehículo, y que protege a otras personas y sus bienes en caso de incidente, la siguiente duda lógica es ¿qué daños cubre un seguro obligatorio de coche?

Aquí tienes un resumen de las modalidades que te ofrece Génesis Seguros para tu seguro de responsabilidad civil a terceros:

Cobertura

Descripción

Responsabilidad civil obligatoria

Es la protección mínima exigida por ley para circular en España. Cubre tanto los daños personales como los materiales que puedas ocasionar a terceros durante un accidente de tráfico, dentro de los límites legales establecidos.

Responsabilidad civil de suscripción voluntaria

Extiende los límites de cobertura del seguro obligatorio, brindando una protección adicional en casos donde los daños a terceros superen las cuantías legales.

Seguro de responsabilidad civil de la carga

Cubre los daños que puedan ocasionar a terceros los objetos o mercancías transportados en el vehículo, incluyendo las operaciones de carga y descarga. Es ideal para vehículos que trasladan mercancías, proporcionando una protección extra en estas situaciones.

 

¿El seguro a terceros cubre daños propios?

No, el seguro más básico a terceros (el que cumple con el mínimo obligatorio por ley) no incluye cobertura para los daños que pueda sufrir tu propio vehículo en un accidente provocado por el conductor de tu coche o moto. Si buscas protección para tu coche, necesitarás un seguro con coberturas adicionales o un seguro a todo riesgo.

 

¿El seguro a terceros cubre robos o vandalismo?

Tampoco. Este tipo de seguro básico no incluye protección frente a robo de tu coche o daños causados por actos de vandalismo. Para estas situaciones, podrías contratar, por una prima ligeramente superior, un seguro a terceros ampliado o un seguro a todo riesgo. Recuerda que con Génesis Seguros tú configuras las coberturas de tus seguros y pagas solo por lo que necesitas.

 

¿Qué tipos de seguro de coche a terceros existen?

Las coberturas del seguro a terceros son las mínimas que ofrecen todas las compañías de seguros, las obligatorias por ley: cubre los daños personales y materiales que el conductor pueda causar a terceros en un accidente de tráfico, hasta los límites establecidos por la ley.

Lo que ocurre es que, por suerte para los conductores, existen modalidades de seguros a terceros ampliados para aumentar la protección y la tranquilidad al volante sin tener que optar por los seguros a todo riesgo (cuya prima es mayor).

En Génesis Seguros puedes ampliar tu seguro a terceros:

Modalidad A: responsabilidad civil obligatoriaModalidad B: responsabilidad civil de suscripción voluntariaModalidad C: seguro de responsabilidad civil de la carga

Esta es la cobertura mínima que todo vehículo a motor debe tener para circular legalmente en España. Cubre los daños personales y materiales que el conductor pueda causar a terceros en un accidente de tráfico, hasta los límites establecidos por la ley.

  • Daños personales: se indemniza a las víctimas del accidente, a excepción de los casos en que se demuestre que el incidente fue causado únicamente por negligencia del perjudicado o por fuerza mayor externa al vehículo.
  • Daños materiales: cubre los daños ocasionados a los bienes de terceros cuando el conductor del vehículo es declarado civilmente responsable.

Esta modalidad amplía los límites de la cobertura obligatoria, protegiendo al conductor y/o propietario en caso de que los daños a terceros superen las cuantías previstas por la ley. También ofrece cobertura para situaciones que no están incluidas en la modalidad obligatoria, como daños a terceros causados por un incendio del vehículo estacionado.

  • Daños personales y materiales adicionales: cubre cualquier excedente en indemnizaciones que supere los límites de la responsabilidad civil obligatoria.

Esta modalidad específica cubre los daños que puedan ser ocasionados a terceros por los objetos o mercancías transportadas en el vehículo, incluso durante las operaciones de carga y descarga. Es esencial para vehículos que transportan mercancías, ya que amplía la protección a situaciones en las que la carga pueda causar daños.

  • Daños por la carga: indemniza los daños causados a terceros por la mercancía transportada, hasta un límite de 60.000 euros por siniestro.

Además, te ofrecemos la opción de ampliar las coberturas (solo las que de verdad necesites, sin pagar de más):

 

Diferencias entre un seguro a terceros y un seguro a todo riesgo

La diferencia principal está en el nivel de protección y tranquilidad al volante y económica. Mientras que el seguro a terceros solo cubre daños a terceros, el seguro a todo riesgo también incluye los daños propios. Además, el seguro a todo riesgo suele incluir coberturas adicionales, como asistencia en carretera ampliada o vehículo de sustitución.

Si tu coche es nuevo o tiene un alto valor, quizás te convenga un seguro a todo riesgo. Por otro lado, si tu coche tiene varios años, un seguro a terceros ampliado puede ser suficiente. Contacta con Génesis y uno de nuestros agentes especialistas te recomendará lo mejor para tu caso.

 

TE INTERESA:

 

Preguntas frecuentes sobre que cubre el seguro de coche a terceros

¿El seguro a terceros incluye asistencia en carretera?

Depende de la póliza. Muchas aseguradoras ofrecen asistencia en carretera como una cobertura adicional al seguro a terceros. Consulta tu contrato para confirmar si está incluida.

En Génesis todos los seguros de coche y moto a terceros, terceros ampliados y todo riesgo llevan incluida la asistencia en carretera.

 

¿Qué pasa si tengo un accidente y no tengo seguro?

Si el coche es tuyo y no está asegurado, tienes un problema importante por estar cometiendo una infracción grave contra la seguridad de otras personas. Te podrían imponer hasta penas de cárcel. Si tu duda es sobre si puedes conducir el coche de otra persona sin ser el titular del seguro, échale un vistazo a este otro contenido. 

 

¿Qué coberturas debe incluir un seguro de coche?

Como mínimo, debe incluir la responsabilidad civil obligatoria para cumplir con la ley. Sin embargo, es recomendable que también contemple defensa jurídica, seguro del conductor y, si es posible, asistencia en carretera.

Conoce todos nuestros seguros

Venta de un coche entre particulares: ¿es obligatorio declararlo a Hacienda?

Publicado el 17 de Agosto de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 7 minutos
Venta Coche entre Particulares

Cuando vendes un coche, es habitual pensar únicamente en el contrato de compraventa y en entregar las llaves. Sin embargo, hay varios trámites administrativos que conviene completar para evitar problemas posteriores, como recibir multas, impuestos o notificaciones de un vehículo que ya no utilizas.

En esta guía te explicamos cuándo hay que comunicar la venta a la DGT, cuándo puede existir una obligación tributaria y qué debes hacer para que la operación quede correctamente cerrada.

 

¿Es obligatorio declarar la venta de un coche?

No, por lo general no es obligatorio que el vendedor declare la venta de un coche entre particulares a Hacienda, salvo que obtengas una ganancia patrimonial (venderlo por más de lo que te costó). Sin embargo, el comprador sí tiene obligaciones fiscales: debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) mediante el Modelo 620 en el plazo de 30 días.

El vendedor, además, puede notificar la venta para informar de que el vehículo ha sido transmitido a otra persona. Este trámite resulta especialmente recomendable si el comprador tarda en efectuar el cambio de titularidad, ya que deja constancia de que el coche ya no está en posesión del antiguo propietario.

En cambio, desde el punto de vista fiscal, la venta de un coche entre particulares no implica automáticamente que tengas que presentar una declaración específica ante Hacienda. Solo puede existir repercusión en el IRPF cuando la operación genera una ganancia patrimonial, una situación poco habitual, ya que los vehículos normalmente pierden valor con el paso del tiempo.

 

Qué dice la normativa de la DGT sobre la comunicación de venta

La propia DGT recomienda al vendedor comunicarles la transmisión del vehículo mediante una notificación de venta. Este trámite protege al antiguo propietario mientras el comprador realiza el cambio de titularidad.

Aunque el cambio de titularidad corresponde al comprador, realizar esta comunicación ofrece una mayor seguridad jurídica y ayuda a evitar responsabilidades futuras.

 

Cómo declarar la venta de un coche entre particulares, paso a paso

Aunque no haya que declarar nada ante Hacienda, la compraventa de un vehículo entre particulares requiere seguir varios pasos para que la transmisión quede correctamente documentada.

 

Documentación necesaria para formalizar el contrato de compraventa

Antes de firmar el contrato, conviene preparar toda la documentación:

  • DNI o documento identificativo de comprador y vendedor.
  • Permiso de circulación.
  • Tarjeta ITV o ficha técnica.
  • Contrato de compraventa firmado por ambas partes.
  • Justificante del pago, si es que lo hay.

Como vendedor, guarda una copia de toda esta documentación, por si posteriormente surge alguna incidencia.

Además, el comprador necesitará preparar la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud de cambio de titularidad del vehículo.
  • Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que se liquida en la Comunidad Autónoma del comprador.
  • Justificante de pago de la tasa correspondiente (tasa 1.5 de 55,70 €).

 

Plazo para notificar la venta a la DGT tras la firma

La DGT establece un plazo para comunicar la venta y otro para realizar el cambio de titularidad.

Tabla resumen de plazos y trámites:

Trámite

Quién lo realiza

Cuándo conviene hacerlo

Contrato de compraventa.

Comprador y vendedor.

En el momento de la venta.

Notificación de venta (recomendado).

Vendedor.

Lo antes posible tras la firma.

Cambio de titularidad.

Comprador.

En un plazo máximo de 30 días.

Si vendes el coche por sustitución, valora la posibilidad de cambiar tu seguro de coche al otro.

 

Notificación de venta vs cambio de titularidad: en qué se diferencian

Son dos trámites complementarios y habituales tras la venta de un coche, por ello es importante conocer sus diferencias.

 

Notificación de venta (del vendedor)

La notificación sirve para comunicar oficialmente que el vehículo ya ha sido vendido.

Es opcional y no convierte automáticamente al comprador en nuevo titular, pero sí deja constancia de que el vendedor ha transmitido el coche.

Es una medida recomendada si existe la posibilidad de que el comprador (o su gestoría) retrase el cambio de titularidad, puesto que legalmente casi un mes para realizarla.

 

El comprador debe tramitar el cambio de titularidad

El cambio de titularidad es el procedimiento que actualiza oficialmente los datos en la DGT.

Es un trámite obligatorio y el plazo máximo es de 30 días como máximo desde la firma del contrato de compraventa. Una vez realizado, el comprador pasa a figurar como titular y asume las obligaciones administrativas del vehículo.

 

Qué pasa si no declaras la venta de tu coche

Si por lo que sea no se declara correctamente la venta, te puedes enfrentar a situaciones incómodas e incluso a tener que asumir responsabilidades que no te corresponden. ¡Mejor cúbrete las espaldas!

 

Multas, impuestos y notificaciones que pueden seguir llegando a tu nombre

Mientras el vehículo continúe registrado a tu nombre, podrías seguir recibiendo:

  • Notificaciones administrativas.
  • Impuestos relacionados con el vehículo.
  • Requerimientos derivados de infracciones (multas).

Aunque posteriormente puedas demostrar que el coche ya había sido vendido, el proceso puede resultar más complejo. ¿Hay una pesadilla peor que pelearse con el papeleo?

 

Responsabilidad en caso de accidente o infracción tras la venta

Si el comprador todavía no ha realizado el cambio de titularidad y tampoco existe una notificación de venta registrada en la DGT, podrían surgir complicaciones para acreditar desde qué momento dejaste de ser responsable del vehículo.

Lejos de ser un caso aislado, hay casos en los que se entrega el coche de segunda mano a otra persona a cambio de que se encargue del cambio, sin documento de firma o con un acuerdo verbal, de buena fe. ¿Y cómo demuestras que la multa no la tienes que pagar tú? ¿O que tu seguro ya no te cubre porque el coche ya no es tuyo?

Por ello, además del contrato firmado (aquí tienes el modelo oficial de la DGT), resulta recomendable realizar cuanto antes la comunicación correspondiente ante la DGT.

También conviene revisar la ⁠cancelación del seguro de coche.

 

Qué hacer con el seguro del coche al venderlo

La venta del vehículo no implica que el seguro se cancele automáticamente. Lo que sí debes hacer es informar a la aseguradora. Aquí tienes las posibilidades más habituales:

 

Cancelar la póliza o transferirla al nuevo propietario

Según las condiciones de la póliza, podrán existir distintas opciones:

  1. Cancelar el seguro: no hay devolución de cantidades, puesto que la prima es anual.
  2. Utilizar la prima para asegurar otro vehículo.
  3. Valorar otras alternativas que ofrezca la compañía, como el traspaso al nuevo propietario.

Lo más conveniente es contactar con la aseguradora antes de la venta y entrega de llaves del coche.

 

Vende tu coche tranquilo: asegura el siguiente con Génesis

Después de vender un coche, muchas personas necesitan contratar un nuevo seguro para su próximo vehículo.

En Génesis puedes adaptar las coberturas, pagando solo por lo que necesitas. Si quieres comparar opciones, puedes calcular el seguro de coche online y tomar la decisión cuando lo tengas claro.

 

TE INTERESA:

 

Preguntas frecuentes sobre si es obligatorio declararlo a Hacienda

¿Tengo que declarar la venta de un coche si lo vendo a un particular?

No, salvo que con ello tengas un beneficio (coches que se revalorizan como los históricos, clásicos o únicos). Sin embargo, sí es recomendable comunicar la venta a la DGT mediante la notificación de venta si el comprador todavía no ha realizado el cambio de titularidad.

¿Qué pasa si no notifico la venta de mi coche a la DGT?

Podrías seguir recibiendo multas, impuestos o notificaciones relacionadas con el vehículo hasta que la titularidad se actualice.

¿Quién debe hacer el cambio de titularidad, el comprador o el vendedor?

El trámite corresponde al comprador. Aun así, el vendedor puede realizar la notificación de venta para protegerse mientras se completa el proceso.

¿Cuánto tiempo tengo para declarar la venta de un coche tras la firma del contrato?

Es el comprador el que tiene la obligación de hacerlo y como máximo 30 días después de la compra.

¿Puedo seguir recibiendo multas de un coche que ya he vendido?

Sí. Si el cambio de titularidad todavía no se ha realizado o no consta una notificación de venta, es posible que algunas notificaciones sigan llegando al antiguo titular.

El seguro de coche a tu medida