¿El seguro cubre la reparación de electrodomésticos? Cuándo sí y cuándo no
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Respuesta corta: el seguro de hogar puede cubrir tus electrodomésticos, pero solo en determinadas situaciones. No lo cubre todo, y confundir lo que incluye la póliza con una garantía de averías puede llevarte a una decepción en el peor momento.
A continuación te explicamos en qué casos tu seguro actúa, en cuáles no y qué opción existe si quieres una protección más amplia para tus aparatos.
Qué se entiende por contenido del hogar en la póliza
Comencemos con la diferenciación de los bienes que se pueden cubrir con un seguro de hogar. Se trata de dos grandes bloques: el continente (la estructura del edificio y sus instalaciones fijas) y el contenido (todo lo que hay dentro y pertenece al asegurado).
Electrodomésticos como parte del contenido asegurado
Los electrodomésticos forman parte del contenido. Y en un sentido más amplio, suele comprender electrodomésticos, equipos eléctricos y electrónicos, aparatos de imagen y sonido, ordenadores personales, etcétera.
Esto significa que, si tienes contratada la cobertura de contenido, tus electrodomésticos quedan dentro del ámbito asegurado. Pero ojo: que estén incluidos en la póliza no significa que te indemnicen por cualquier daño que sufran. La cobertura depende de la causa del daño, no del bien en sí.
Cuándo sí cubre el seguro los electrodomésticos
El seguro de hogar entra en juego cuando el daño tiene su origen en un siniestro cubierto por la póliza. Estos son los casos más habituales.
Daños por incendio o cortocircuito
Si un incendio destruye tu lavadora, tu nevera o tu televisión, el seguro cubre los daños materiales directos sobre el contenido asegurado. La cobertura de incendio de seguro de hogar de Génesis garantiza el 100% del capital asegurado para contenido.
También puede activarse la cobertura en caso de explosión (incluyendo la autoexplosión de calderas y termos) o de caída del rayo, aunque en este último caso es importante saber que los daños producidos por sobretensiones o inducciones a consecuencia del rayo quedan excluidos de forma expresa en muchas pólizas.
Si tu electrodoméstico se ha estropeado por una subida de tensión, consulta el artículo donde te contamos cómo proceder.
Daños por agua o inundación proveniente de un tercero
Un escape de la vivienda del piso de arriba que arruina tu lavavajillas o tu secadora es un siniestro perfectamente cubierto. La póliza Génesis Hogar garantiza los daños directos por escapes, filtraciones y desbordamientos procedentes de instalaciones de la propia vivienda o de viviendas contiguas o superiores propiedad de terceros.
La cobertura de inundación también puede aplicarse cuando el daño procede del desbordamiento del alcantarillado o de otras conducciones públicas, siempre que no tenga la consideración de fenómeno extraordinario (en ese caso intervendría el Consorcio de Compensación de Seguros).
Robo del electrodoméstico dentro del hogar
Si alguien entra en tu casa mediante fuerza y se lleva un electrodoméstico, el seguro cubre ese robo. La definición de robo en la póliza exige que se haya producido fuerza en las cosas y que haya ocurrido en el interior de la vivienda asegurada o sus dependencias anexas.
El atraco (con violencia o intimidación sobre personas) también queda cubierto. El hurto, sin embargo, puede tener limitaciones o quedar excluido según las condiciones contratadas.
Cuándo NO cubre el seguro los electrodomésticos
Aquí está la parte que más confusiones genera. El seguro de hogar no es una garantía de averías y tiene exclusiones claras.
Avería por uso, desgaste o mal mantenimiento
Si tu lavadora deja de centrifugar porque lleva 10 años funcionando, o tu nevera falla por falta de mantenimiento, el seguro no cubre esa avería. Se excluyen expresamente los siniestros debidos a fermentación, fragmentación, oxidación, vicios y/o defectos de fabricación o construcción, así como los derivados de la falta de reparación, conservación o mantenimiento imputable al asegurado.
El desgaste no es un siniestro. Es algo previsible, y el seguro cubre lo imprevisible.
Daños producidos por el propio asegurado sin accidente
Si rompes tu microondas al golpearlo, si un mal uso provoca el fallo del motor de un electrodoméstico o si realizas una instalación defectuosa, el seguro tampoco responde. Los daños intencionados o claramente atribuibles a una acción propia sin causa accidental quedan fuera de la cobertura.
También quedan excluidos los daños meramente estéticos que no afecten al funcionamiento del aparato.
Siempre y cuando tengas contratadas las coberturas correspondientes:
| Situación | ¿Cubre el seguro? |
|---|---|
| Incendio que destruye el electrodoméstico | ✅ Sí |
| Escape de agua del vecino que daña la lavadora | ✅ Sí |
| Robo con fuerza en el interior del hogar | ✅ Sí |
| Inundación por desbordamiento de alcantarillado | ✅ Sí (salvo extraordinario) |
| Avería por uso o desgaste normal | ❌ No |
| Fallo por falta de mantenimiento | ❌ No |
| Daño causado por el propio asegurado sin accidente | ❌ No |
| Defecto de fabricación del electrodoméstico | ❌ No |
| Daño estético sin afectar al funcionamiento | ❌ No |
La cobertura de avería de electrodomésticos: un extra a valorar
El seguro de hogar cubre tus electrodomésticos cuando el daño viene de un siniestro concreto. Fuera de esos casos, no hay cobertura, y aquí es donde mucha gente se lleva una sorpresa.
En qué consiste la garantía extendida de electrodomésticos
Si quieres cubrir averías por uso, desgaste o fallo interno, la vía no es el seguro de hogar sino las garantías extendidas que ofrecen fabricantes y distribuidores en el momento de la compra. Estas funcionan como una prolongación de la garantía legal del fabricante y sí cubren ese tipo de fallos, con condiciones y plazos variables según el vendedor.
Qué puedes hacer si tu electrodoméstico falla sin que haya siniestro
Tienes tres opciones prácticas:
- Reclamar al fabricante si el aparato está dentro del periodo de garantía legal (3 años para productos nuevos comprados desde el 1 de enero de 2022).
- Activar la garantía extendida si la contrataste en la tienda al comprar el electrodoméstico.
- Asumir el coste de reparación o valorar si compensa sustituir el aparato.
Cómo reclamar si tu electrodoméstico se daña por un siniestro
Si has sufrido un siniestro que ha dañado uno o varios electrodomésticos, estos son los pasos a seguir:
- Comunica el siniestro en un plazo máximo de 7 días desde que lo conociste. El incumplimiento de este plazo puede reducir la indemnización.
- No tires los aparatos dañados hasta que el perito los haya evaluado. La póliza obliga a conservar los restos hasta que se complete la tasación.
- Reúne la documentación: facturas de compra, fotografías de los daños, parte de la policía si hay robo, certificado de la empresa eléctrica si hay sobretensión.
- Facilita el acceso a la vivienda para que el perito pueda valorar los daños.
Aquí tienes los datos de contacto de Génesis para comunicarnos un siniestro.
Asegura tu hogar y todo lo que hay en él con Génesis
El seguro de hogar cubre tus electrodomésticos cuando lo que los daña es un siniestro: un incendio, una inundación o un robo. Para eso está la cobertura de contenido.
Si quieres revisar tus coberturas o calcular el precio de tu póliza, facilítanos los datos de tu hogar y te enviamos un presupuesto personalizado. Desde 140 €.
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Preguntas frecuentes sobre cobertura de electrodomésticos en el seguro de hogar
¿El seguro de hogar cubre si mi lavadora se estropea sola?
No. Si la lavadora falla por desgaste, uso o un defecto interno sin que haya mediado ningún siniestro (incendio, agua de terceros, robo), el seguro estándar no cubre esa avería. Para eso existe la cobertura opcional de averías de electrodomésticos.
¿El seguro cubre los electrodomésticos empotrados como el horno?
Se consideran electrodomésticos igualmente, no forma parte del continente sino del contenido, puesto que se puede reemplazar con facilidad (sin necesidad de obras). Está cubierto si se estropea debido a un siniestro (filtraciones de agua, incendio o robo).
¿Qué valor se indemniza: el de compra o el actual?
Si tienes contratada la actualización automática de capitales, los bienes muebles del contenido se indemnizan a valor de nuevo (sin deducir depreciación por uso o antigüedad). Si has renunciado a esa actualización, la tasación se hace a valor real, es decir, descontando el desgaste. Hay una excepción: los ordenadores personales y sus accesorios de más de dos años siempre se indemnizan a valor real, independientemente de lo que hayas contratado.
¿Puedo añadir cobertura de avería de electrodomésticos a mi póliza?
Algunas aseguradoras lo ofrecen como cobertura opcional o adicional. Consulta con tu aseguradora qué aparatos cubre, qué antigüedad máxima admite y si existe franquicia o límite por reparación.
¿El seguro cubre si me roban el ordenador de casa?
Sí, siempre que el robo se haya producido con fuerza en las cosas en el interior de la vivienda asegurada. Los ordenadores personales están expresamente incluidos dentro del contenido asegurado. Si el robo ocurrió fuera del hogar, la cobertura estándar no aplica salvo que tengas contratada una extensión de garantía para bienes fuera del domicilio.
Seguro de hogar en alquiler: ¿es obligatorio para el inquilino?
No, la ley no obliga al inquilino a contratar un seguro de hogar por el hecho de vivir de alquiler. Ahora bien, hay una diferencia importante entre que el seguro sea obligatorio por ley y que el propietario establezca como condición del alquiler que el inquilino disponga de una póliza con ciertas coberturas. En este último caso, el seguro puede formar parte de las condiciones acordadas entre las partes.
Además, aunque no sea obligatorio, un seguro para inquilinos puede proteger tus pertenencias y cubrir tu responsabilidad civil ante determinados daños.
¿Es obligatorio tener seguro de hogar si vives de alquiler?
Si eres inquilino, no tienes que contratar un seguro de hogar simplemente porque alquiles una vivienda. La LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) establece derechos y obligaciones para propietarios e inquilinos, pero no incluye ninguna obligación de asegurar la vivienda.
También es verdad que no lo prohíbe expresamente y que puede ser recomendable para proteger los intereses de unos y otros.
Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre el seguro de hogar
La LAU regula aspectos como la conservación y habitabilidad de la vivienda, las reparaciones y las obligaciones de las partes, pero no establece que el inquilino deba tener un seguro de hogar. El artículo 21 obliga:
- Al arrendador (propietario): a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo cuando el deterioro sea imputable al arrendatario.
- Al inquilino: a realizar las pequeñas reparaciones derivadas del desgaste por el uso ordinario.
Diferencia entre obligación legal y obligación pactada en el contrato
Que no exista una obligación legal no significa que el seguro no pueda aparecer como condición del alquiler.
La LAU establece que los arrendamientos de vivienda se rigen por los pactos, cláusulas y condiciones acordados por las partes dentro del marco legal aplicable.
Por eso, el contrato (no la ley) puede indicar que el inquilino debe disponer de un seguro determinado.
Además, no es lo mismo un seguro de alquiler para propietarios que el de inquilinos.
Responsabilidad legal del propietario y del inquilino en el alquiler
Que no exista un seguro de hogar obligatorio para el inquilino no significa que propietario e inquilino estén libres de responsabilidades. Cada uno debe responder de determinadas obligaciones relacionadas con la vivienda.
Qué debe garantizar el propietario por ley: habitabilidad y estado de la vivienda
El propietario debe realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para el uso acordado, salvo cuando el deterioro sea imputable al inquilino. La Ley de Arrendamientos Urbanos también establece que el arrendatario debe comunicar al arrendador la necesidad de las reparaciones.
Por ejemplo: si se rompe una tubería de la vivienda, corresponde al propietario hacerse cargo de la reparación. Lo mismo ocurre con una avería de la caldera o con un problema en la instalación eléctrica que hace que deje de funcionar la luz, siempre que no sean consecuencia de un uso incorrecto o de una actuación del inquilino.
La ventaja de tener un seguro de hogar de propietario es que se facilita la gestión de este tipo de situaciones cuando la avería o el daño está cubierto por la póliza. Si no está asegurado, el dueño de la vivienda corre con los gastos de reparación.
Qué responsabilidad asume el inquilino aunque no exista seguro obligatorio
El inquilino debe cuidar la vivienda y responder de los daños que sean consecuencia de un uso negligente o de un deterioro que le sea imputable.
Por ejemplo: si la lavadora que utiliza el inquilino provoca una fuga porque no se ha utilizado correctamente y el agua causa daños en la vivienda, podría tener que responder por los desperfectos ocasionados. En estos casos, contar con un seguro que incluya responsabilidad civil puede ayudar a hacer frente a determinadas reclamaciones, siempre que el supuesto esté cubierto por la póliza.
Qué pasa si el contrato de alquiler exige un seguro de hogar
Si el contrato establece expresamente que el inquilino debe contratar un seguro, ya no estamos hablando de una obligación general establecida por la ley, sino de una condición concreta del arrendamiento.
Cláusulas habituales en los contratos de arrendamiento sobre el seguro
El propietario puede solicitar que el inquilino disponga de determinadas coberturas. Por ejemplo, puede exigir una póliza que incluya responsabilidad civil como ocupante de la vivienda.
No obstante, no todos los seguros de hogar para inquilinos ofrecen exactamente las mismas garantías. Antes de contratarlo, conviene comprobar:
- Qué coberturas exige el contrato.
- Qué capital de responsabilidad civil se solicita.
- Si hay que asegurar también el contenido.
- Desde qué fecha debe estar activa la póliza.
- Qué documentación debe entregar el inquilino al propietario.
En cualquier caso, no hay que confundir asegurar el contenido con asegurar el continente. El propietario puede tener una póliza para proteger el inmueble y el inquilino otra destinada a sus pertenencias y responsabilidades.
Qué ocurre si no contratas el seguro exigido por el propietario
Si el contrato establece expresamente la obligación de contratar un seguro y el inquilino no lo hace, estás incumpliendo el contrato.
El artículo 27.1 de la LAU establece que, ante el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, la parte que haya cumplido puede exigir su cumplimiento o promover la resolución del contrato conforme al artículo 1124 del Código Civil.
Además, si como inquilino no contratas el seguro y se produce un daño del que seas responsable, tendrás que responder de las consecuencias de tu propio bolsillo.
Por qué conviene tener un seguro de hogar aunque no sea obligatorio
Por si todavía no has llegado tú mismo a esta conclusión, contar con un seguro de hogar aunque nadie te lo pida, te proporciona la tranquilidad de saber que estás protegido ante imprevistos, robos, etc.
Riesgos habituales en una vivienda de alquiler: robos, daños e incendios
Un seguro para inquilinos puede incluir, según la póliza, coberturas como:
- Contenido: muebles, ropa, electrodomésticos y otros bienes personales.
- Responsabilidad civil: por daños causados a terceros (y a la casa de alquiler).
- Incendio por un descuido.
- Una explosión que provoca desperfectos en elementos del inmueble.
- Daños materiales ocasionados al propietario cuando existe responsabilidad del inquilino y el supuesto está contemplado en las condiciones.
- Daños del día a día: como la cobertura de rotura de espejos, cristales, granitos y mármoles.
- Asistencia y defensa jurídica: si forman parte de la póliza.
El seguro del propietario, por su parte, no tiene por qué cubrir las pertenencias personales del inquilino o los incidentes que provoque.
Cómo elegir el seguro de hogar adecuado si vives de alquiler
No necesitas asegurar lo que no te pertenece. Como inquilino, lo primero es identificar qué bienes son tuyos y qué responsabilidades quieres proteger.
Antes de contratar, revisa:
- Contenido asegurado: calcula aproximadamente cuánto valdría reponer tus pertenencias.
- Responsabilidad civil: comprueba el capital asegurado y las situaciones cubiertas.
- Asistencia: valora qué servicios incluye la póliza.
- Defensa jurídica: y qué supuestos.
- Exclusiones y límites: son tan importantes como las coberturas incluidas.
Si dudas entre si como inquilino te interesa el multirriesgo o el seguro a todo riesgo de hogar, normalmente basta con el primero.
| Si eres inquilino y quieres proteger… | Cobertura que debes buscar |
|---|---|
| Tus muebles y electrodomésticos. | Contenido. |
| Ropa, dispositivos y objetos personales. | Contenido. |
| Daños que puedas causar a otra persona. | Responsabilidad civil. |
| Daños que puedas causar a la vivienda del propietario. | Responsabilidad civil. |
| Asistencia ante determinados problemas en la vivienda. | Cobertura de asistencia en el hogar. |
| Reclamaciones relacionadas con determinados daños o conflictos. | Defensa jurídica. |
Alquiles o seas propietario: asegura tu hogar con Génesis
Vivir de alquiler no te obliga por ley a contratar un seguro de hogar. Sin embargo, una póliza protege tus pertenencias y los daños que provoques a terceros.
A esto se suman servicios que te pueden resultar especialmente útiles en el día a día:
- Asistencia en el hogar las 24 horas, incluidos servicios de cerrajero, electricista y fontanero de urgencia.
- Cobertura frente al robo en la vivienda, con protección de los bienes asegurados según las condiciones de la póliza.
- Daños eléctricos, incluidos determinados daños derivados de sobretensiones o caída de rayo.
- Asistencia informática, para ayudarte cuando tienes problemas con tus dispositivos.
Si quieres proteger tu vivienda, tus bienes o tu responsabilidad, consigue online el presupuesto del seguro de hogar Génesis. Paga solo por lo que necesitas.
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Preguntas frecuentes sobre seguros de hogar si vives de alquiler
¿Tengo que contratar un seguro de hogar si vivo de alquiler?
No, si en el contrato no se exige. La Ley de Arrendamientos Urbanos no establece una obligación general de contratar un seguro de hogar por vivir de alquiler. Sin embargo, el contrato puede establecer determinadas condiciones sobre la contratación de un seguro.
¿Puede el propietario obligarme a contratar un seguro de hogar?
Puede establecer como condición del alquiler que el inquilino disponga de determinadas coberturas, siempre dentro del marco legal aplicable. Aunque debe estar por escrito en el contrato de alquiler antes de su firma.
¿Es lo mismo estar obligado por ley que estar obligado por el contrato de alquiler?
No. Una obligación legal se aplica porque así lo establece una norma. Una obligación contractual deriva de una condición acordada entre las partes. En el caso del seguro de hogar para inquilinos, la ley no establece una obligación general.
¿Qué pasa si no tengo seguro y se produce un daño en la vivienda alquilada?
La ausencia de seguro no elimina las responsabilidades que correspondan a propietario o inquilino. Si el daño es imputable al inquilino, este se hará cargo del coste de las reperaciones aunque no tenga una póliza que cubra esa responsabilidad.
¿El seguro de hogar del inquilino cubre los daños a terceros?
Puede hacerlo si la póliza incluye responsabilidad civil y el daño está dentro de los supuestos cubiertos. Revisa las condiciones de tu póliza.