Dar de baja un ciclomotor, ¿se puede hacer online?

Publicado el 24 de Diciembre de 2025 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 5 minutos
Baja de un ciclomotor

Si tienes un ciclomotor que ya no usas, que se ha averiado o simplemente quieres dejar de pagar impuestos y seguro, es importante hacer el trámite de la baja correctamente. Aunque pueda parecer complicado, hoy en día la Dirección General de Tráfico (DGT) permite realizar algunas gestiones online, lo que hace todo mucho más sencillo.

Qué documentación necesito para dar de baja un ciclomotor

Antes de tramitar la baja, tendrás que reunir la documentación necesaria para acreditar la titularidad del ciclomotor.

Si la baja es definitiva, no tendrás que hacer el trámite tú ante la DGT: lo gestionará directamente un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), también conocido como desguace. Pero sí tendrás que entregarles la documentación original, ya que es obligatoria para poder tramitar la baja.

DNI

Es necesario presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en caso de personas jurídicas, el CIF de la empresa. Si el trámite lo realiza otra persona en tu nombre, deberá aportar una autorización firmada junto con su propio DNI.

Permiso de circulación

Debes entregar el permiso de circulación original del ciclomotor al CAT. Si lo has extraviado, podrás solicitar un duplicado en la DGT antes de llevar el vehículo al desguace.

Ficha técnica

También es necesaria la tarjeta ITV o ficha técnica original, incluso aunque la ITV esté caducada. Este documento certifica las características del vehículo y se destruye junto con el permiso una vez finalizado el proceso.

Documento que justifique la baja

Dependiendo del tipo de baja, deberás aportar un documento adicional:

  • En las bajas definitivas, el CAT emitirá y entregará el Certificado de Destrucción y notificará automáticamente la baja a la DGT.
  • En las bajas temporales, deberás presentar una declaración responsable del motivo (por ejemplo, robo, no uso o traslado al extranjero) si gestionas el trámite por tu cuenta.

¿Se puede dar de baja una moto por internet?

Sí, pero con matices. La DGT permite tramitar ciertas bajas de forma online, siempre que cuentes con los medios de identificación digital (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve). Sin embargo, para una baja definitiva que implique destrucción del vehículo, es necesario acudir al desguace o que éste actúe como intermediario.

Además, recuerda avisar también a la compañía de seguros para cancelar la póliza.

Proceso para dar de baja un ciclomotor por internet

El proceso que siguen los centros autorizados (CAT), o tú si la baja es temporal, es el siguente:

  1. Entra en la Sede Electrónica de la DGT, sección «Altas, bajas y rehabilitación».
  2. Identifícate mediante certificado digital, DNIe o Cl@ve.
  3. Rellenas el formulario de solicitud de baja, indicando el tipo (temporal o definitiva) y adjuntas la documentación.
  4. Envía la solicitud. Si es aceptada, recibirás un justificante digital de la baja.
  5. En caso de baja definitiva, el CAT debe tramitar el envío del certificado de destrucción y notificar la baja a la DGT. 

Qué tipos de baja existen para un ciclomotor

La DGT distingue principalmente dos tipos de baja:

  • Baja temporal: cuando ya no vas a utilizar el ciclomotor por un tiempo, pero quieres conservarlo para el futuro. Durante este periodo no circula y está exento de impuestos municipales.
  • Baja definitiva: cuando decides que el vehículo no va a volver a usarse, ya sea porque está siniestro, en muy mal estado o lo entregas al desguace. En este caso se entrega el vehículo a un CAT y se obtiene un certificado de destrucción. 

Además, existe la baja de oficio por parte de la DGT, cuando detecta que un vehículo lleva años sin ITV o sin seguro y no está en uso.

¿Se puede dar de baja un ciclomotor sin ITV?

Sí. Aunque la ITV esté caducada, puedes tramitar la baja definitiva en muchos casos. La normativa de la DGT permite hacerlo sin que esté vigente la ITV. Esto es especialmente relevante si el ciclomotor está fuera de uso o no puede pasar la ITV. Lo importante es que el vehículo sea entregado al CAT para su destrucción y que quede constancia de ello.

TE INTERESA:

Preguntas frecuentes sobre dar de baja un ciclomotor

¿Qué tengo que hacer para dar de baja un ciclomotor?

Reúne los documentos (DNI, permiso de circulación, ficha técnica) y luego decide qué tipo de baja necesitas (temporal o definitiva). Si es definitiva, acude a un CAT o gestiona online el trámite. Verifica los requisitos específicos de tu provincia.

¿Cómo dar de baja una moto sin llevar al desguace?

Solo es posible si optas por la baja temporal. Para la baja definitiva, sí es obligatorio que el vehículo sea destruido o entregado a un CAT autorizado.

¿Qué requisitos se necesitan para dar de baja a una moto?

Ser titular del vehículo, disponer de la documentación (DNI, permiso de circulación y ficha técnica) y en caso de baja definitiva, certificado de destrucción del CAT.

¿Cómo darle de baja a una moto que ya no tengo?

Si la moto fue vendida y no hiciste el cambio de titularidad, o fue robada, debes aportar una declaración responsable, denuncia o justificante que demuestre que ya no tienes la posesión del vehículo y solicitar la baja correspondiente. También puedes acceder a la opción de «baja de vehículos que ya no existen materialmente».

¿Cuánto se cobra por la baja de una moto?

La baja definitiva no tiene coste para el titular cuando se hace a través del CAT, pues el centro autorizado se encarga de ello. En cambio, la baja temporal implica una tasa de la DGT, que se puede pagar durante la solicitud. En 2025 la tasa 4.1 tiene un coste de 8,67 €.

¿Dónde hay que dar de baja una moto?

De las bajas definitivas se encargan los desguaces autorizados, y tú no tienes que hacer nada. Para solicitar una baja temporal o por traslado al extranjero puedes tramitarlo online en la Sede Electrónica de la DGT o presencialmente en la Jefatura Provincial correspondiente.

Uso obligatorio de guantes en la moto: normativa DGT

Publicado el 20 de Abril de 2026 by Raquel Barbadillo, Copywriter especializada en comunicación sostenible
Tiempo de lectura estimado: 5 minutos
Uso de guantes moto obligatorio

Aunque para ti sea un accesorio indispensable a la hora de subirte a la moto, seguro que alguna vez te has hecho esta pregunta: ¿es obligatorio llevar guantes? Es una duda muy habitual, sobre todo entre quienes empiezan o usan la moto a diario por ciudad para trayectos cortos.

La respuesta corta es clara: no, en España no es obligatorio llevar guantes en moto. Pero ojo, porque eso no significa que no sean importantes. De hecho, forman parte del equipamiento recomendado por seguridad y pueden marcar la diferencia de tu experiencia.

En este artículo te explicamos qué dice exactamente la normativa, si te pueden multar y qué debes tener en cuenta para elegir unos guantes adecuados.

Qué dice la normativa sobre el equipamiento obligatorio en moto

Antes de entrar en detalle sobre los guantes, conviene tener claro qué exige realmente la normativa en España cuando circulas en moto. Esto te ayudará a diferenciar entre lo obligatorio por ley y lo recomendable para tu seguridad.

El casco: única obligación legal expresa para el conductor

Según el Reglamento General de Circulación, el único elemento de protección obligatorio para motoristas en España es el casco homologado, tanto para el conductor como para los pasajeros.

No llevar casco sí conlleva sanción: multa económica y pérdida de puntos del carnet. En cambio, otros elementos como chaqueta, botas o guantes no están recogidos como obligatorios por ley.

Qué posición mantiene la DGT sobre los guantes

Aunque no son obligatorios, la DGT recomienda de forma clara el uso de equipamiento de protección completo, incluyendo guantes.

El motivo es sencillo: en una caída, las manos suelen ser una de las primeras partes del cuerpo en impactar contra el suelo. Por eso, los guantes no son una exigencia legal, pero sí una medida básica de seguridad.

¿Son obligatorios los guantes en la moto o no?

Llegados a este punto, la duda principal es directa: si no aparecen en la normativa, ¿hay alguna situación en la que sí sean obligatorios o puedan sancionarte por no llevarlos? Vamos a dejarlo bien claro:

No, los guantes no son obligatorios en moto en España. No existe ninguna norma que obligue a llevarlos, ni en ciudad ni en carretera. Esto aplica tanto a motocicletas como a ciclomotores, aunque son diferentes.

¿Puede multarte la DGT por no llevar guantes?

En condiciones normales, no te pueden multar simplemente por no llevar guantes.

Eso sí, hay un matiz importante: si un agente considera que tu conducción no es segura (por ejemplo, por falta de control o equipamiento inadecuado en condiciones concretas), podría interpretarse como conducción negligente. No es lo habitual, pero puede ocurrir.

Por qué los guantes son imprescindibles para la seguridad vial

Más allá de la obligación legal, aquí es donde reside su importancia: en la protección y el control. Los guantes forman parte del equipamiento que puede reducir lesiones y mejorar tu control sobre la moto en cualquier situación.

Aunque no sean obligatorios, hay razones de peso para no subirse a la moto sin guantes.

Qué lesiones previenen los guantes en una caída

En caso de accidente, los guantes ayudan a reducir:

  • Abrasiones en la piel por rozamiento con el asfalto.
  • Cortes y heridas en dedos y palmas.
  • Fracturas leves o daños en articulaciones.
  • Quemaduras por fricción.

Además, también mejoran el agarre y el control del manillar, sobre todo en condiciones de frío, lluvia o sudor.

Tipos de guantes para moto: cuál elegir según tu uso

No todos los guantes ofrecen el mismo nivel de protección ni están pensados para las mismas condiciones. Elegir bien no solo mejora la comodidad, también influye directamente en tu seguridad al conducir.

Guantes de verano vs guantes de invierno

Si usas la moto todo el año, lo ideal es tener ambos.

  • Guantes de verano: más ligeros, transpirables y cómodos para ciudad o el calor.
  • Guantes de invierno: incorporan aislamiento térmicoimpermeabilidad para proteger del frío y la lluvia.

Homologación CE y niveles de protección

Los guantes de moto homologados deben contar con certificación CE como EPI (Equipo de Protección Individual). Esto garantiza que han pasado las pruebas de resistencia mínima y que cumple con la norma técnica UNE-EN 13594 sobre guantes de protección para motociclistas.

Niveles habituales de protección CE:

  • Nivel 1 (1KP): protección básica frente a abrasión e impacto.
  • Nivel 2 (2KP): mayor resistencia, recomendada para carretera o trayectos largos.

Cuanto mayor sea el nivel, mayor será la protección.

Equipamiento recomendado por la DGT para motoristas

Además de lo que exige la ley, la DGT insiste en la importancia de adoptar hábitos de conducción segura. Aquí es donde entra el equipamiento recomendado, que aunque no sea obligatorio, sí marca la diferencia en caso de accidente.

Aquí tienes una comparativa clara:

Equipamiento

Obligatorio

Recomendado

Casco homologado

✅ Sí

✅ Sí

Guantes

❌ No

✅ Sí

Chaqueta con protecciones

❌ No

✅ Sí

Pantalón técnico

❌ No

✅ Sí

Botas específicas

❌ No

✅ Sí

Llevar guantes no es obligatorio, pero sí una decisión inteligente. Igual que elegir un buen seguro.

Si estás valorando opciones, puedes calcular tu seguro de moto Génesis desde 98€/año y adaptar las coberturas a tu forma de conducir.

 

TE INTERESA:

Preguntas frecuentes sobre llevar guantes en la moto

¿Te pueden multar en España por circular en moto sin guantes?

No, no es una infracción directa. No llevar guantes no conlleva multa por sí solo.

¿Qué nivel de protección CE deben tener los guantes de moto?

Lo recomendable es que tengan al menos nivel 1 (1KP), aunque para mayor seguridad se aconseja nivel 2 (2KP), sobre todo en carretera.

¿Los guantes de moto son obligatorios en autopista?

No, tampoco en autopista. La normativa es la misma en cualquier vía.

¿Qué ocurre con el seguro si sufres un accidente sin los guantes puestos?

En general no llevar guantes no anula la cobertura.

¿Existe alguna diferencia de normativa entre ciclomotores y motocicletas?

No en este aspecto. La normativa sobre guantes es la misma: no son obligatorios en ninguno de los dos casos.

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